DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 477, de 10/12/2013
cve: DSCD-10-CO-477
CORTES GENERALES
DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
COMISIONES
Año 2013 X LEGISLATURA Núm. 477
INTERIOR
PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. ESTEBAN GONZÁLEZ PONS
Sesión núm. 22
celebrada el martes,
10 de diciembre de 2013
Página
ORDEN DEL DÍA:
Preguntas:
Del diputado don Alfred Bosch i Pascual, del Grupo Parlamentario Mixto,
sobre:
- Conocimiento que tiene el Gobierno de la operación Horizonte Después
(procedente de la pregunta al Gobierno con respuesta escrita número de
expediente 184/019647). (Número de expediente 181/001196) ... (Página2)
- Opinión del Gobierno acerca de la existencia de una operación contra el
independentismo sufragada con dinero público (procedente de la pregunta
al Gobierno con respuesta escrita número de expediente 184/019648).
(Número de expediente 181/001197) ... (Página2)
- Conocimiento por la vicepresidenta del Gobierno de la campaña Horizonte
Después (procedente de la pregunta al Gobierno con respuesta escrita
número de expediente 184/019649). (Número de expediente 181/001198) ...
(Página2)
- Opinión del Gobierno acerca de si entre sus atribuciones se encuentra
actuar contra el proceso de autodeterminación de Cataluña (procedente de
la pregunta al Gobierno con respuesta escrita número de expediente
184/019651). (Número de expediente 181/001199) ... (Página2)
- Opinión del Gobierno acerca de si puede destinar mandos de la Guardia
Civil a dirigir una campaña mediática secreta en contra de la
autodeterminación de Cataluña (procedente de la pregunta al Gobierno con
respuesta escrita número de expediente 184/019652). (Número de expediente
181/001200) ... (Página2)
- Previsiones acerca de hacer público el informe exhaustivo de la
operación Horizonte Después (procedente de la pregunta al Gobierno con
respuesta escrita número de expediente 184/019653). (Número de expediente
181/001201) ... (Página2)
- Opinadores y tertulianos contratados para desacreditar la
autodeterminación de Cataluña en el marco de la operación Horizonte
Después (procedente de la pregunta al Gobierno con respuesta escrita
número de expediente 184/019654). (Número de expediente 181/001202) ...
(Página3)
- Continuación de la operación Horizonte Despúes o de otra operación
similar para amedrentar el independentismo (procedente de la pregunta al
Gobierno con respuesta escrita número de expediente 184/019655). (Número
de expediente 181/001203) ... (Página3)
- Información de la operación en la Comisión de Secretos Oficiales
(procedente de la pregunta al Gobierno con respuesta escrita número de
expediente 184/019656). (Número de expediente 181/001204) ... (Página3)
Ratificación de la ponencia designada para informar sobre:
- Proyecto de ley de seguridad privada. (Número de expediente 121/000050)
... (Página3)
Aprobación con competencia legislativa plena, a la vista del informe
elaborado por la ponencia sobre:
- Proyecto de ley de seguridad privada. (Número de expediente 121/000050)
... (Página3)
Se abre la sesión a las nueve y cuarenta minutos de la mañana.
PREGUNTAS:
DEL DIPUTADO DON ALFRED BOSCH I PASCUAL, DEL GRUPO PARLAMENTARIO MIXTO,
SOBRE:
- CONOCIMIENTO QUE TIENE EL GOBIERNO DE LA OPERACIÓN HORIZONTE DESPUÉS
(PROCEDENTE DE LA PREGUNTA AL GOBIERNO CON RESPUESTA ESCRITA NÚMERO DE
EXPEDIENTE 184/019647). (Número de expediente 181/001196).
- OPINIÓN DEL GOBIERNO ACERCA DE LA EXISTENCIA DE UNA OPERACIÓN CONTRA EL
INDEPENDENTISMO SUFRAGADA CON DINERO PÚBLICO (PROCEDENTE DE LA PREGUNTA
AL GOBIERNO CON RESPUESTA ESCRITA NÚMERO DE EXPEDIENTE 184/019648).
(Número de expediente 181/001197).
- CONOCIMIENTO POR LA VICEPRESIDENTA DEL GOBIERNO DE LA CAMPAÑA HORIZONTE
DESPUÉS (PROCEDENTE DE LA PREGUNTA AL GOBIERNO CON RESPUESTA ESCRITA
NÚMERO DE EXPEDIENTE 184/019649). (Número de expediente 181/001198).
- OPINIÓN DEL GOBIERNO ACERCA DE SI ENTRE SUS ATRIBUCIONES SE ENCUENTRA
ACTUAR CONTRA EL PROCESO DE AUTODETERMINACIÓN DE CATALUÑA (PROCEDENTE DE
LA PREGUNTA AL GOBIERNO CON RESPUESTA ESCRITA NÚMERO DE EXPEDIENTE
184/019651). (Número de expediente 181/001199).
- OPINIÓN DEL GOBIERNO ACERCA DE SI PUEDE DESTINAR MANDOS DE LA GUARDIA
CIVIL A DIRIGIR UNA CAMPAÑA MEDIÁTICA SECRETA EN CONTRA DE LA
AUTODETERMINACIÓN DE CATALUÑA (PROCEDENTE DE LA PREGUNTA AL GOBIERNO CON
RESPUESTA ESCRITA NÚMERO DE EXPEDIENTE 184/019652). (Número de expediente
181/001200).
- PREVISIONES ACERCA DE HACER PÚBLICO EL INFORME EXHAUSTIVO DE LA
OPERACIÓN HORIZONTE DESPUÉS (PROCEDENTE DE LA PREGUNTA AL GOBIERNO CON
RESPUESTA ESCRITA NÚMERO DE EXPEDIENTE 184/019653). (Número de expediente
181/001201).
- OPINADORES Y TERTULIANOS CONTRATADOS PARA DESACREDITAR LA
AUTODETERMINACIÓN DE CATALUÑA EN EL MARCO DE LA OPERACIÓN HORIZONTE
DESPUÉS (PROCEDENTE DE LA PREGUNTA AL GOBIERNO CON RESPUESTA ESCRITA
NÚMERO DE EXPEDIENTE 184/019654). (Número de expediente 181/001202).
- CONTINUACIÓN DE LA OPERACIÓN HORIZONTE DESPÚES O DE OTRA OPERACIÓN
SIMILAR PARA AMEDRENTAR EL INDEPENDENTISMO (PROCEDENTE DE LA PREGUNTA AL
GOBIERNO CON RESPUESTA ESCRITA NÚMERO DE EXPEDIENTE 184/019655). (Número
de expediente 181/001203).
- INFORMACIÓN DE LA OPERACIÓN EN LA COMISIÓN DE SECRETOS OFICIALES
(PROCEDENTE DE LA PREGUNTA AL GOBIERNO CON RESPUESTA ESCRITA NÚMERO DE
EXPEDIENTE 184/019656). (Número de expediente 181/001204).
El señor PRESIDENTE: Se abre la sesión.
Señorías, todas las preguntas correspondientes al primer punto del orden
del día han sido retiradas por sus autores. En la medida en que eso
supone una modificación de dicho orden del día, y no habiendo ninguna
pregunta viva -si puedo utilizar esa expresión-, pregunto a sus señorías
si podemos modificar el orden del día y pasar directamente al punto
siguiente. (Asentimiento).
Como la retirada se produjo ayer tarde y además para modificar el orden
del día es necesario el concurso de la Comisión -no puede modificarse por
la Mesa-, no se notificó que este cambio probablemente se produciría, por
lo que es posible que algunos de los que tengan que intervenir en el
debate del proyecto de ley lleguen tarde. Por eso les anticipo que, si se
produce algún retraso en el turno de defensa de las enmiendas,
alteraremos el orden de intervención de los portavoces para que quien
llegue tarde pueda intervenir, dado que puede haber alguien que no haya
contado, naturalmente, con que el debate de la ley iba a empezar
alrededor de tres cuartos de hora antes de lo previsto. El turno de
portavoces para fijar posición sí que será por el orden reglamentario.
RATIFICACIÓN DE LA PONENCIA DESIGNADA PARA INFORMAR SOBRE:
- PROYECTO DE LEY DE SEGURIDAD PRIVADA. (Número de expediente 121/000050).
El señor PRESIDENTE: El siguiente punto del orden del día es la
ratificación de la ponencia que ha elaborado el informe. Pregunto a la
Comisión si podemos darla por ratificada por asentimiento.
(Asentimiento).
APROBACIÓN CON COMPETENCIA LEGISLATIVA PLENA, A LA VISTA DEL INFORME
ELABORADO POR LA PONENCIA SOBRE:
- PROYECTO DE LEY DE SEGURIDAD PRIVADA. (Número de expediente 121/000050).
El señor PRESIDENTE: Pasamos al tercer punto del orden del día: Debate del
informe, con competencia legislativa plena, del proyecto de ley de
seguridad privada, que efectuaremos, conforme al Reglamento y al
procedimiento de esta Comisión, agrupando la defensa de las enmiendas a
todos los artículos por grupos parlamentarios enmendantes, comenzando por
el Mixto y continuando de menor a mayor, a lo que seguirá un turno en
contra y un turno de fijación de posiciones de los demás grupos. El
tiempo será de diez minutos por cada grupo parlamentario, que en el caso
del Grupo Mixto se dividirá entre los dos intervinientes que mantienen
enmiendas vivas en esta Comisión. Por tanto, en primer lugar, corresponde
la defensa del Grupo Mixto. (Pausa). No está presente ninguno de ellos,
por lo que pasamos al turno del Partido Nacionalista Vasco, que ha
presentado las enmiendas que van de la número 22 a la 78, de las cuales
han sido incorporadas en sus términos a la ponencia las números 36, 37,
45, 47, 48, 50, 52, 53, 58, subsumida en la enmienda número 165, de CiU,
que está incorporada, 59, subsumida en la enmienda 166, de CiU, que está
incorporada con redacción transaccional, 60, 64, 65, 66, 70 y 75. ¿Es
así, señor Olabarría? (El señor Olabarría Muñoz: Es así). Así, pues,
ahora es el turno de defender las enmiendas vivas y de anunciar si retira
alguna en su caso. Tiene su señoría diez minutos.
El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Efectivamente, en la ponencia se aceptaron en
sus propios términos una serie de enmiendas que el señor presidente ha
citado correctamente. Por tanto, aceptadas estas enmiendas, vamos a
darlas por decaídas.
Además de las aceptadas en sus propios términos, se ofertaron varias
transaccionales, en concreto a la número 27 del grupo que represento, que
asimismo vamos a aceptar en los términos de la transacción ofertada. La
número 76 también la vamos a aceptar en los términos de la transacción
ofertada, pero no así una oferta de transacción a la número 77 del grupo
que represento, en tanto en cuanto la omisión del órgano competente es la
expresión que precisamente nosotros intentábamos introducir en el
precepto corregido. Por tanto, mantendremos viva la enmienda número 77,
señor presidente.
Estamos ante una ley de las más importantes de esta legislatura, aunque no
sea de los proyectos de ley que tienen particular dimensión o proyección
mediática, en tanto en cuanto hace referencia al concepto de seguridad en
su sentido más amplio, concepto de seguridad que es un presupuesto de la
libertad y que, evidentemente, constituye un valor superior del
ordenamiento jurídico, tal y como consagra el propio preámbulo de la
Constitución española. Lo que se perfila en esta ley es la
complementariedad de la denominada seguridad privada con la seguridad
pública, es decir, la complementariedad de empresas privadas, de agentes
privados o de detectives que ejercen competencias de seguridad
complementarias de lo que se denomina monopolio legítimo de la acción
coactiva del Estado, del imperio del Estado a través de la acción
violenta en régimen de monopolio. Esto requiere la interacción de varios
derechos, de varios principios o de varios perfiles que, en nuestra
opinión y en términos generales, esta ley acomete correctamente, señor
presidente.
En primer lugar, tenemos que determinar claramente cuál es el perfil que
se le atribuye jurídicamente a la seguridad privada. No puede ser ya el
que se configuró en la ley del año 1992, una ley extemporánea, incluso
desde su propia concepción filosófica y jurídica, en tanto en cuanto la
seguridad privada era un complemento subordinado, era una actividad de
carácter dependiente, controlada y tutelada por los agentes de la
seguridad pública, por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o por los
ministerios y departamentos competentes en el ámbito de la seguridad
pública, mero complemento subordinado, como digo, y la complementariedad,
lo que se ha venido en denominar en los países del derecho comparado un
sistema de los llamados blurring. Esta ley acomete un cierto perfil o una
cierta silueta de modernidad, la complementación, evidentemente no en
términos de igualdad, de la seguridad pública o de la acción pública en
materia de seguridad con la acción privada en materia de seguridad
mediante el estatuto del llamado junior partner. Esta es la filosofía
inspiradora de este proyecto de ley y nosotros desde esa perspectiva esa
filosofía la compartimos en sus propios términos.
Otro problema, señor presidente, hace referencia al perfil de las personas
que van a ejercer esta actividad y no solo de las personas, sino también
de las empresas en cuanto estas personas pertenecen a empresas privadas
de seguridad que realizan actividades vinculadas a lo que ha constituido
tradicionalmente uno de los elementos, incluso legitimante, de la propia
existencia del Estado, que es el monopolio de la acción coactiva, el
monopolio de la obediencia, en definitiva, en régimen en este caso de
complementariedad. La interacción de intereses es más compleja en este
ámbito. Estamos hablando de intereses que hacen referencia a la necesaria
obligación o intento del Estado de garantizar la seguridad pública a
todos los ciudadanos como presupuesto de la libertad. En esta ley se
consigue bien. Ya veremos luego en el debate de esta tarde lo que vamos a
especular sobre la anunciada ley de seguridad privada en donde
evidentemente no van a ser tan contemplativos en nuestras reflexiones,
pero ese es un debate para esta tarde. En esta -por qué no decirlo- creo
que se configura bien la interacción de los intereses de la seguridad
pública que debe garantizar el Estado y las administraciones competentes
con la legítima aspiración de las empresas que configuran el sector de la
seguridad privada a obtener unos rendimientos que no son pequeños. Hay
que tener en cuenta que hay una creciente demanda de seguridad mediante
una especie de previsión subjetiva de inseguridad que a veces raya en lo
paranoico paradójicamente en el inconsciente colectivo de los países más
desarrollados y más avanzados del mundo y que poseen índices de
criminalidad más bajos. Estos son los que poseen un mayor elemento
paranoico o sensible en relación con la seguridad invocando nada menos
que la creación en algunas ocasiones de un Estado cuasipoliciaco o
policiaco. Es un sector en el que hay que proteger los intereses
económicos de las empresas que los componen, que ya en el año 2012
facturaron más de 4.000 millones de euros y estaba constituido por más de
1.500 empresas. Es un sector económico relevante incluso desde la
perspectiva del empleo y de su capacidad generatriz de riqueza. Hay que
complementar todos estos principios o derechos que estamos comentando con
otro relevante también: cómo naturalizamos jurídicamente el rol o la
función de los agentes que en régimen de complementariedad van a realizar
actividades de seguridad privada.
Se ha optado correctamente por una fórmula consistente en la no atribución
a dichos agentes del carácter de autoridad pública, pero sí se les da
determinada protección especial cuando realizan actividades que poseen la
naturaleza de protección de la seguridad pública, protegiéndoles
jurídica, penal y normativamente desde la perspectiva de los
requerimientos del derecho punitivo como se protege a los agentes de la
seguridad pública, a los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
del Estado o de las policías autonómicas que tienen competencias
integrales en materia de seguridad desde todas las perspectivas de la
seguridad ciudadana, de la policía judicial y de la protección civil. Se
ha conseguido bien articular este perfil de los agentes privados de
seguridad y falta lo más vidrioso.
Siempre hay una tercera cuestión -o nos lo parece a nosotros quizás porque
somos un grupo nacionalista-, que es el ajuste de las competencias o las
atribuciones de competencias legislativas que rayan en las competencias
ultra vires en no pocas ocasiones en esta ley al ajuste de competencias
al que provee el llamado bloque de constitucionalidad. Se ha hecho un
esfuerzo que no queremos dejar de agradecer al grupo proponente, aunque
solo sea por la razón de que este esfuerzo no se realiza en todas las
leyes en esta legislatura; para que nos vamos a engañar, no se realiza en
casi ninguna. En este caso se ha hecho un esfuerzo por acoger los
requerimientos de naturaleza competencial que mi grupo parlamentario ha
presentado. Se han recogido prácticamente en su totalidad en competencias
importantes como las que hacen referencia a la autorización de las
empresas de seguridad y de detectives -omisión que en los primeros
anteproyectos que conocíamos era preocupante-, a las competencias en
materia de inspección, a la sanción de empresas de seguridad o de
investigación privada que se dedican a la protección del personal y hay
un reconocimiento explícito de la competencia autonómica para la
autorización de servicios de protección de personal. Aquí, señor
presidente, se realiza un salto, per saltum, una nueva atribución de
competencias a las empresas de seguridad privada que merece la pena
destacar y que es el ejercicio de competencias que se han considerado
atinentes siempre a la seguridad pública en su dimensión más etimológica
y jurídica del término. Estamos hablando, por ejemplo, del control
perimetral de los centros penitenciarios, estamos hablando de la
protección de las personas amenazadas a través de la función de escoltas
y estamos hablando de funciones que han pertenecido siempre -y que
seguirán perteneciendo en algunos casos- a las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad o policías autonómicas. Este salto es importante también en
tanto en cuanto la vigilancia de establecimientos penitenciarios es una
función que se conecta con una práctica que ya se estaba realizando. A
pesar de ser una competencia de naturaleza jurídico-pública, incluso la
vigilancia de algunos establecimientos tan vinculados a la seguridad como
instalaciones militares, cuarteles del Ejército, cuarteles de la Guardia
Civil y de la Policía Nacional o cuarteles de la Ertzaintza o de los
Mossos d'Esquadra era realizada por agentes de empresas de seguridad
privadas. Desde esa perspectiva nos parece pertinente la legitimación.
Voy acabando, señor presidente, porque tempus fugit en esta Comisión y
para algunos en todas las demás también. Sin embargo, hay varias
enmiendas que voy a indicar al Grupo Parlamentario Popular que son desde
una perspectiva competencial menos beligerantes que otras que sí han sido
objeto de aceptación. Un ejemplo que nos gusta en particular es por qué
la Administración autonómica competente -por ejemplo, en el País Vasco
donde las competencias en materia de seguridad pública forman parte del
núcleo intangible de la foralidad y son competencias forales tal y como
prescribe el artículo 28 del Estatuto de Autonomía de Gernika y están
constitucionalizadas estas competencias en materia de seguridad integral
por la disposición adicional primera de la Constitución española- no
puede sancionar a las delegaciones de empresas de ámbito estatal o de
otro ámbito constituidas en otra comunidad autónoma. En materia
registral, los registros autonómicos ocupan una posición jerárquica y
jurídicamente subordinada al Registro Nacional de Empresas de Seguridad.
En materia de inhabilitación del personal, se reconocen competencias
sancionadoras, pero, paradójicamente, no se reconoce la competencia en
materia de inhabilitación del personal de seguridad cuando comete
infracciones o cuando desarrolla de forma inadecuada sus funciones en
virtud de los requerimientos legales. Hay algunas cuestiones que nos
hacen muy difícil discernir cuáles son los criterios argumentativos
aplicados por el Grupo Parlamentario Popular en el momento de la
aceptación de enmiendas; algunas particularmente importantes como las
relativas a la autorización, a la inspección, a la determinación de
quienes deben ser escoltados y competencias incluso penitenciarias,
cuando no está transferida a la Comunidad Autónoma del País Vasco la
competencia en materia de instituciones penitenciarias; solo la Comunidad
catalana en este momento disfruta -si se puede utilizar esta expresión-
de esta competencia al margen del Estado español o de la Administración
General del Estado. Reconociéndose las más beligerantes, hay algunas de
entidad menor y de menor cuantía desde una perspectiva competencial que
han rechazado con criterios
que se nos antoja meramente arbitrarios o -si me permite don Conrado
Escobar, voy a utilizar una expresión que en privado me ha comentado,
pero que no creo que se ofenda si la utilizo en público- discrecionales.
La discreción es un concepto anfibológico que tiene dos sentidos: pueden
ser discrecionales porque no les ha dado la gana o pueden ser
discrecionales porque la discrecionalidad ha operado racionalmente como
ha operado. Se nos antoja que es el primer concepto, porque es imposible
entender por qué algunas no han sido aceptadas.
Quedan algunas enmiendas competenciales y algunos puntos de conexión entre
eventuales normas autonómicas que regulan esta materia y esta importante
legislación que estamos aprobando que deben ser depurados todavía, porque
todavía rechinan desde la perspectiva de los ámbitos territoriales de
actuación de unas empresas privadas de seguridad y otras empresas
privadas de seguridad de ámbito superior. Podemos limarlos y llegar a
acuerdos; quizás en el Senado, porque me comentan que va a ser difícil en
esta Comisión terminar de consensuar estos acuerdos. En todo caso, señor
presidente, no nos deja de parecer que este es un proyecto de ley
innovador que se corresponde con los más avanzados del derecho comparado
y que se ha hecho un esfuerzo. Esto es casi para aplaudir con las orejas
-permítanme la expresión vulgar, señor presidente- en esta legislatura
por la aceptación de las competencias autonómicas previstas en el bloque
de constitucionalidad; y esto no se debería implorar, sino dimanar de
suyo por la asunción de las obligaciones que a las instituciones
legislativas corresponden. Por lo tanto, tenemos una predisposición
favorable en relación con esta ley que no vamos a concretar todavía si se
va a traducir en un voto favorable o en una abstención.
El señor PRESIDENTE: El Grupo Mixto me comunica que las diputadas que
tenían enmiendas vivas no van a llegar. Por lo tanto, si no les parece
mal a sus señorías, las damos por defendidas y las mantenemos para la
votación. Asimismo, me gustaría decirles que tal como vamos calculo que
no votaremos antes de las once y media.
A continuación, le doy el turno de intervención al Grupo Parlamentario de
UPyD. Ha presentado las enmiendas 133 a 135, de las cuales se incorporó
en ponencia la número 133. ¿Es así, señor Cantó? (El señor Cantó García
del Moral: Así es). Para la defensa de las enmiendas que queden vivas y
retirada de alguna en su caso, tiene su señoría diez minutos.
El señor CANTÓ GARCÍA DEL MORAL: Si no hay problema por parte de la
Presidencia, aprovecharé esta intervención para hablar de nuestras
enmiendas y fijar la posición de nuestro grupo en cuanto al proyecto que
nos trae hoy aquí el Gobierno.
Para mí los titulares serían fundamentalmente tres. En primer lugar,
nuestra queja fundamental -porque creo que es un tema de mucha enjundia-
es que el Estado no puede echarse a un lado y menos por razones
presupuestarias, porque creemos que esa es la única razón que puede
existir en algo tan importante como es el trabajo que únicamente deben y
pueden hacer las Fuerzas de Seguridad del Estado. Estamos hablando de
que, a nuestro juicio, es la falta de Policía, la falta de Guardia Civil,
en el fondo la falta de una de las instituciones más valoradas y más
apreciadas por el conjunto de los españoles, esa poca reposición es la
que explica que se esté buscando una forma en que la seguridad privada
entre a hacer una serie de trabajos que hasta ahora eran solamente un
trabajo en exclusiva -según nosotros, como debe ser- de las Fuerzas de
Seguridad del Estado. Este sería el titular esencial porque nos parece
que afecta a algo muy importante, pero hay otras grandes negativas
respecto al proyecto que aquí se nos trae, y tienen que ver con que,
según nosotros, está dirigido fundamentalmente a las grandes empresas de
seguridad. Esto trae de por sí algunos problemas que nosotros hemos
detectado, y hemos hecho preguntas al Gobierno al respecto y todavía
estamos esperando sus respuestas. Sucede otra cosa que suele ocurrir con
proyectos de ley que se traen al Congreso y quedan viejos -si se me
permite la expresión- nada más traerlos, en este caso, en el tema de la
ciberseguridad se debiera haber trabajado un poquito más. Como hemos
dicho, nos preocupa también el control que pueda tener el Gobierno sobre
la formación de los trabajadores en general de las empresas de seguridad
privada, quién vigila ese trabajo, esa formación. Repito, hicimos algunas
preguntas al Gobierno y estamos esperando todavía las respuestas.
Hemos presentado también enmiendas que tienen que ver con esa percepción
de que se están ustedes dirigiendo sobre todo a las grandes empresas de
seguridad privada. Hay otro tema que nos ha preocupado especialmente y
por el que hemos presentado bastantes enmiendas, y es el que tiene que
ver con el trabajo de los detectives. A nuestro juicio, se les limita el
trabajo que están haciendo actualmente y no vemos por qué debe ser así.
Inicialmente además el Gobierno proponía o les permitía como actividad
única aunque exclusiva la investigación y, sin embargo, los detectives y
los despachos de detectives
también han llevado a cabo históricamente otro tipo de tareas. Esa
limitación es la que no terminamos de entender; a nuestro juicio, esas
tareas deben ser recogidas en ese texto, por eso hemos presentado algunas
de las enmiendas parciales. Asimismo, algunas de las enmiendas tienen que
ver con la exigencia de información preceptiva en la elaboración de
contratos, como informaciones que estos deben facilitar al ministerio de
manera recurrente. Creemos que esas exigencias podrían comprometer la
intimidad de personas que contratan los servicios de esos detectives
profesionales; este es también el motivo de nuestra enmienda. Hay que
recordar que muchas veces los trabajos de estos despachos profesionales
tienen que ver con asuntos espurios y no tienen mayor importancia e
interés que para el contratante o el investigado. Sin embargo, no
solamente las empresas de seguridad y los despachos de detectives tienen
que ver con la seguridad privada, y esto está relacionado con lo que
decía antes.
A nuestro juicio, el texto presenta deficiencias respecto a aquellos
trabajos que realizan generalmente pequeñas y medianas empresas; por eso
decía que para nosotros este proyecto ya se queda viejo con la
ciberseguridad. Nos parece importante y nos preocupa que un proyecto de
ley se presente hoy aquí entre otras cosas porque el anterior lleva
vigente mucho tiempo -estamos hablando del año 1992, aunque ha habido
pequeñas modificaciones-, y nos preocupa que vuelva a quedarse antiguo
con demasiada celeridad. El Gobierno ha señalado que su intención es
tener antes de fin de año una estrategia nacional de ciberseguridad que
identifique de forma correcta las amenazas que definan una organización
en la que haya centros nacionales de referencia y una coordinación cada
vez mayor en todas las empresas y administraciones, también terceros
países, y nosotros esperamos también un desarrollo normativo paralelo a
esa estrategia nacional de ciberseguridad que clarifique criterios de
prestación de servicios por parte de empresas en ese ámbito y que
estipule claramente cuáles son las exigencias de seguridad mínima para
evitar el cada vez mayor número de ciberataques, que además comprometen a
toda la red de seguridad. Estamos hablando del temor a catastróficas
consecuencias de un hipotético ciber Katrina, ciber 11-S, etcétera.
Creemos que hay que trabajar más profundamente este problema. Ese era
otro de los posibles titulares que nos preocupaba.
Repito, nos preocupa especialmente que el Estado se aparte. Recuerdo que
el ministro decía en Pleno que simplemente se quería mantener en los
alrededores de algunas instalaciones penitenciarias. Esto también nos
preocupa, nos preocupa que sea una forma de entrada a algo que nosotros
creemos que es innegociable; las Fuerzas de Seguridad del Estado son las
que tienen el monopolio de su trabajo en una democracia, en un Estado de
derecho y no creemos que se deba permitir que esto cambie ni siquiera un
ápice. Hace un momento hemos oído hablar al señor Olabarría del tema
competencial. Nuestra preocupación en todo lo que tiene que ver con lo
competencial suele ir en contra de lo que dice el señor Olabarría. Había
una enmienda -por eso lo explico- en la que estipulábamos la creación de
un registro nacional único para la actividad de seguridad privada.
Nosotros queremos que se simplifique la gestión, que se ahorren costes y
sobre todo que se garantice un tratamiento único de la información
sensible por parte de la Administración en todo el territorio nacional.
Hay otras enmiendas que tienen que ver con quiénes podrán prestar los
servicios de seguridad privada en sectores estratégicos; ya digo que nos
preocupa este tema especialmente. Había otras enmiendas sobre eliminar
algunos requisitos, como el de aptitud física, en concreto para los
detectives, porque a nadie se le escapa que en la gran mayoría de las
ocasiones su trabajo es meramente intelectual. Recuerdo que hablando de
nuevo de esa retirada del Estado el ministro ponía también el acento en
lo que era perimetral o no y en qué lugares podían retirarse las Fuerzas
de Seguridad del Estado. Para nosotros es baladí la definición de lo que
es o no perimetral y en qué lugares o no puede el Estado retirarse. Para
nosotros es innegociable, esto es un monopolio del Estado, esto es un
Estado de derecho y nosotros querríamos que el Estado no se retirara.
Repito, y mucho menos -porque es la única explicación que encontramos-
por razones presupuestarias. Hay una tasa de reposición muy baja en
Policía y Guardia Civil y nosotros creemos que el Gobierno debiera hacer
un esfuerzo por que esto cambie, por que esto no sea así; el Estado no
debe apartarse, sobre todo de una parte tan importante de su trabajo como
es esta.
Como ha pasado en otras ocasiones, lamentamos que el Gobierno del Partido
Popular solamente haya aceptado una de las enmiendas que nosotros hemos
presentado. A veces uno ve con envidia cómo algunos partidos consiguen
una comunicación más fluida y un mayor éxito en la negociación de sus
enmiendas. Nos hubiese gustado haber conseguido algo más que una enmienda
en el trámite. De nuevo creo que se vuelve a retratar una forma de
gobernar y una forma de negociar que tiene más que ver con un rodillo
parlamentario que con una voluntad de conseguir que el resto de grupos
parlamentarios enriquezcamos los textos que nos trae aquí el Grupo
Popular y podamos hacer un trabajo conjunto.
Repito, nuestros titulares serían, en primer lugar, que para nosotros es
innegociable que el Estado se aparte de algo tan importante como el
trabajo que tienen que llevar a cabo las Fuerzas de Seguridad del Estado;
ese sería nuestro pero fundamental. En segundo lugar, el proyecto de ley
que se nos trae aquí ya queda viejo. Nos tememos que en temas tan
importantes como la ciberseguridad no se ha hecho el trabajo que se
debiera. Finalmente, hay una serie de enmiendas que ya he explicado en
todo lo que tiene que ver con la seguridad privada.
El señor PRESIDENTE: A continuación tiene la palabra el Grupo
Parlamentario de La Izquierda Plural. Han presentado las enmiendas
números 79 a 112. La ponencia aceptó en sus términos la enmienda número
104 e incorporó sendas transaccionales basadas en las enmiendas 88 y 89.
¿Es así señor Sixto? (Asentimiento). Dispone de diez minutos para la
defensa de las enmiendas vivas y por si quiere retirar alguna.
El señor SIXTO IGLESIAS: Mantendremos el resto de enmiendas y trataré de
defenderlas lo mejor que sepa.
La principal cuestión sobre la cual versa la mayoría de las enmiendas que
mantenemos vivas es la privatización, en la que centramos la enmienda a
la totalidad que presentamos en Pleno, y que llevó a que haya sido el
único debate en Pleno que se haya hecho de esta ley. En este proyecto de
ley hay una tendencia clarísima a la privatización, y por eso hemos
mantenido una serie de enmiendas que tratan de cercenar esta tendencia a
conceder determinados espacios que ahora mismo le están vedados a la
seguridad privada: desde lo más claro o lo publicitado, que ha sido la
vigilancia perimetral de los centros penitenciarios, pasando por
determinados espacios públicos o semipúblicos, hasta la vigilancia y
acompañamiento de autoridades, que son espacios y conceptos que deben
estar reservados a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. El
propio carácter de fuerzas auxiliares o de elementos auxiliares o de
colaboradores para las propias Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
también es algo que hemos enmendado. Entendemos que otorgarles esa faceta
de colaboradores que pretende este proyecto de ley es una tendencia
clarísima a la privatización y a acabar haciendo algo que nuestro grupo
parlamentario critica de forma potente, que es que al final solo puedan
pagar determinadas labores de protección o de policía privada quienes
tengan los recursos suficientes y necesarios para ello.
También mantenemos algunas enmiendas que para nosotros son capitales, y
lamentamos muchísimo que no se haya podido arreglar de alguna forma. Es
el tema del derecho de huelga o la actuación de los vigilantes de la
seguridad privada ante los conflictos laborales en otros sectores. Su
propio derecho de huelga se ve cercenado con este proyecto de ley, que
también cercena el derecho de huelga de otros sectores y otros colectivos
con la actuación a la que pueden verse obligados vigilantes de seguridad
y trabajadores de seguridad privada ante conflictos laborales en otros
sectores.
Mantenemos también una enmienda que nos parece importante sobre el tema de
la jornada laboral: delimitar exactamente cuál es la jornada de trabajo
de los trabajadores, sobre todo porque puede dar lugar a prácticas de
picaresca o complicadas por parte de las empresas cuando no se delimita
cuál es la jornada de trabajo de un vigilante, cuándo termina, y cuándo
es responsabilidad de la empresa y no es abandono del puesto de trabajo
terminar la jornada laboral después de una hora. Entendemos que con una
hora hay bastante para que la empresa tenga margen de maniobra y pueda
cubrir ese espacio de trabajo, ese lugar de trabajo que se va a ver
descubierto por un trabajador que ya lleva sus doce horas trabajando.
También creemos que es básico que la ley garantice la gratuidad de los
cursos de formación impartidos a los propios trabajadores. Se trata de
dar una garantía a los trabajadores de estas empresas.
Algunas enmiendas que también mantenemos hacen referencia a la cuestión de
los datos personales, y lo que tratamos ahí básicamente es de cuadrar lo
que se dispone en este proyecto de ley con la Ley de protección de datos
personales. Hay una cuestión que también mantenemos y que sabemos que
está sujeta a una cierta controversia por parte de determinados
sindicatos y demás, y es la de dar carácter de agente de la autoridad a
los vigilantes de la seguridad privada. Entendemos que es una cuestión
que debe estar reservada a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado. Ligado a esto también está la facultad de detener.
Entendemos que, tal y como está formulada esa facultad de poder proceder
a la detención por parte de vigilantes de seguridad privada puede dar
lugar a una vulneración del artículo 17 de la Constitución, y de los
derechos regulados en el habeas corpus.
Por último mantenemos también enmiendas relativas a la cuestión de las
faltas, a la calificación de las faltas, y a la cuantía de las multas. En
este sentido las multas que se les pueden imponer a los vigilantes de
seguridad entendemos que deben ser acordes al salario medio de un
vigilante de seguridad, que
recuerdo a sus señorías que es bastante inferior al nuestro, y al salario
medio establecido o acordado por los institutos que calculan estas cosas
en España.
Respecto a las enmiendas de otros grupos votaremos favorablemente aquellas
que tratan de salvaguardar los derechos de las comunidades autónomas
respecto a sus competencias en materia de seguridad privada, pero no
votaremos a favor de aquellas enmiendas que entendemos tratan de
afianzar, mantener, incluso llevar más allá la voluntad de privatización
de la seguridad, línea fundamental de trabajo de este proyecto de ley que
nos trae el Gobierno del Partido Popular.
El señor PRESIDENTE: Pasamos a continuación al turno de defensa de las
enmiendas del Grupo de Convergència i Unió. Presentaron las enmiendas
números 136 a 206. Se han incorporado por la ponencia en sus términos las
siguientes enmiendas: 136; 139; 140; 144; 152; 155; 157; 158, aceptada
por subsumida en la enmienda número 50 de la enmienda del Grupo
Nacionalista Vasco; 159, aceptada por subsumida en la enmienda número 53
del Grupo Nacionalista Vasco; 161; 169; 179; 188; 189; 191;194 y 199. Y
con redacción transaccional las siguientes enmiendas: 137; 141, que
subsume la 261 del Grupo Parlamentario Popular; 147; 148; 149; 150; 151;
163; 164; 165; 166; 176; 185, si bien en esta enmienda transaccional, que
subsume la enmienda 273 del Grupo Parlamentario Popular y que el Grupo
Parlamentario de Convergència i Unió acepta, se hace constar su
preferencia por que el artículo 41.2 letra e) pasara a ser una nueva
letra del artículo 41.4 del proyecto de ley, con mayor grado de
coordinación a cargo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad; 186, con
redacción transaccional, que subsume la 275 del Grupo Parlamentario
Popular; 190; 192; 193; 195; 197; 198; 200; 201 y 202. ¿Es así, señor
Jané?
El señor JANÉ I GUASCH: Sí, señor presidente, y a esta lista añadiríamos
en este momento, fruto del informe de la ponencia que hoy sometemos a
debate en esta Comisión de Interior, nuestras enmiendas 142 y 173, que
consideraríamos también que se han aceptado o que ya entran dentro del
marco del acuerdo. Con lo cual estas dos enmiendas, a efectos también de
la votación final, ya no las someteríamos a votación, y entenderíamos que
forman parte del acuerdo global que hemos alcanzado.
El señor PRESIDENTE: Para la defensa de las enmiendas que aún le quedan,
tiene la palabra el señor Jané.
El señor JANÉ I GUASCH: Señorías, llega hoy a la Comisión de Interior con
competencia legislativa plena un proyecto de ley importante, importante
en materia de seguridad, importante para un sector con muchísimos
trabajadores, muchísimas empresas, y con un objetivo compartido:
preservar en todo momento la preeminencia de la seguridad pública.
Convergència i Unió entiende que la seguridad privada es complementaria,
pero subordinada siempre a la seguridad pública. Bajo ese parámetro hemos
intentado llegar a un acuerdo, un acuerdo que Convergència i Unió valora
satisfactoriamente. Habíamos iniciado la tramitación de ese proyecto de
ley con una enmienda a la totalidad, por temas competenciales, y lo
cierto es que fruto del acuerdo, fruto del diálogo, fruto de las propias
negociaciones en las que han intervenido también desde el propio
Ministerio del Interior hasta la Consellería d'Interior de la Generalitat
de Catalunya, fruto también de las conversaciones con los ponentes
-quiero agradecérselo expresamente a Paco Márquez y a Conrado Escobar,
por parte del Grupo Popular- que han permitido que finalmente en esta
Comisión de Interior podamos llegar a un balance en el que, de setenta y
una enmiendas que inicialmente habíamos presentado, hoy nos queden menos
de veintinueve. Con lo cual el balance final es de más de cuarenta
acuerdos, y este es un balance que debemos poner en valor, agradecer, y
llegar a la conclusión de que con esos acuerdos hemos mejorado,
especialmente en el ámbito competencial, un proyecto de ley que
inicialmente conculcaba competencias que el propio Tribunal
Constitucional había declarado que -en este caso- eran de la Generalitat
de Catalunya, que marcaba su Estatuto del año 2006. Por tanto hemos
intentado preservar ese ámbito competencial, pero también hemos intentado
mejorar el proyecto de ley.
Paso ahora, señor presidente, a defender las enmiendas que todavía nos
quedan vivas para el debate de hoy. Voy a hacer esa defensa de las más de
veinte enmiendas que nos quedan vivas agrupándolas por diversos aspectos.
No voy a citarlas todas; las que nos cite expresamente las doy también
por defendidas en este turno. Hay un primer ámbito en el que deberían
mejorarse aspectos competenciales del proyecto de ley. En este sentido me
quiero referir a nuestra enmienda 156, donde se delimitan las
competencias que son de la Administración General del Estado a través del
Ministerio del Interior, y en su letra i) se afirma que es de la
Administración General del Estado la determinación reglamentaria de los
establecimientos obligados a
disponer de medidas de seguridad privada, así como la fijación del tipo y
alcance de las medidas obligatorias que ha de cumplir cada tipo de
establecimiento. Esta es una competencia que debe ser de la
Administración General del Estado cuando no sea competencia de las
comunidades autónomas. Evidentemente en esa determinación de esos
establecimientos obligados a disponer de medidas de seguridad privada
también las comunidades autónomas competentes deben poder determinar
cuáles son esos establecimientos a su territorio. De ahí que sigamos
defendiendo nuestra enmienda 176.
Hay dos enmiendas también relativas a aspectos, en este caso, de lengua
oficial propia de una comunidad autónoma, como pueden ser las enmiendas
170 o 171, en las que a la hora de valorar qué conocimientos debe tener
determinado personal de seguridad privada nosotros entendemos que en
comunidades autónomas donde hay una lengua oficial propia, además de la
lengua castellana, evidentemente también deben tener conocimientos de la
lengua que en su caso sea cooficial en la comunidad autónoma donde deba
prestarse el servicio suficientes -es un conocimiento suficiente- para el
normal desempeño de las funciones de seguridad privada. Como la seguridad
privada es complementaria y subordinada a la seguridad pública, pero
tiene esa complementariedad, si se realiza, evidentemente esos agentes en
un territorio donde hay una lengua oficial propia, además de la lengua
castellana, que también es oficial, deberían también tener un
conocimiento -no una prueba o un examen- suficiente que les permitiera el
normal desempeño de las funciones de seguridad privada en ese territorio.
De ahí nuestras enmiendas 170 y 171.
En materia de formación, cuando se dice en el artículo 29 -y me refiero a
la enmienda 172-: El Ministerio del Interior elaborará los programas de
formación previa y especializada correspondientes a personal de seguridad
privada, nosotros decimos: El Ministerio del Interior o el órgano
autonómico competente. Abro paréntesis, creo que en materia de formación
nos queda aún alguna asignatura pendiente de cara al Senado. Como creo
que es así, deberíamos aprovechar también aquí para reconocer esa
competencia autonómica. Termino ese ámbito autonómico con una última
enmienda -dando también por defendidas el resto de las enmiendas
autonómicas- la 206. Cuando se apela al desarrollo normativo el Gobierno
-se dice a propuesta del Ministerio del Interior- dictará las
disposiciones reglamentarias. Sí, pero también en este ámbito los
Gobiernos de las comunidades autónomas o sus órganos competentes pueden
dictar igualmente disposiciones de desarrollo de esta ley, y por tanto
bien estaría que en esa disposición final tercera se introdujera este
inciso competencial.
Hay otros aspectos ya no meramente autonómicos a los que se han referido
algunos portavoces -y aprovecho para sumarme a las valoraciones que de
este proyecto de ley ha hecho el portavoz del Grupo Parlamentario Vasco,
el señor Olabarria, con el que coincido plenamente-, que han detectado ya
lo que es una carencia importante en este proyecto de ley en lo relativo
a la regulación de los detectives privados. Está el artículo 25; está
también el apartado 3 del artículo 9. Todo ese sistema de comunicar el
nombre de quien contrata un servicio de detective entendemos que puede
ser un ataque frontal contra el derecho a la intimidad de los clientes de
los despachos de detectives privados. Exacerba los controles sobre la
actividad de los detectives privados, poniendo a disposición de las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de manera preventiva, datos
relativos a clientes e investigados al margen de cualquier control
jurisdiccional y sin una previa justificación. Por tanto, tal y como ha
establecido el Tribunal Constitucional, cualquier injerencia en la
intimidad de las personas debe perseguir un bien jurídico protegido
superior, que nunca estará representado en un interés genérico, sino en
un interés particular. Por ello está fuera de toda lógica -y fuera del
derecho al que la intimidad de las personas tiene con base
constitucional- establecer un deber genérico de información a las
autoridades, ya que de manera preventiva se desvelarían situaciones que
nada tienen que ver con la seguridad. Por ello se propone, por ejemplo,
suprimir el apartado 3 del artículo 9 en nuestra enmienda 146, o bien
proponemos suprimir en el apartado 1.a) del artículo 25 la necesidad de
comunicar la celebración de los contratos al Ministerio del Interior o en
su caso al órgano autonómico competente en la forma en que
reglamentariamente se determine. Eso es poner en jaque a los despachos de
detectives privados, poner en jaque su actividad futura, y poner en jaque
la intimidad de muchos de sus clientes. Por tanto entendemos que aquí
toda precaución es poca desde el ámbito legislativo, que es donde hoy
estamos.
Término ya, señor presidente, con algunas enmiendas puntuales, ya no
relativas a los despachos de detectives, pero que intentan mejorar el
proyecto de ley; por ejemplo, nuestra enmienda 77. Entendemos que imponer
el uso obligatorio de armas de fuego en la prestación de todo servicio de
verificación personal de alarmas es desproporcionado; que en ese servicio
de verificación de alarmas se imponga el uso obligatorio de armas de
fuego entendemos que no procede en este supuesto. Entendemos también,
señor
presidente, que el artículo 41 debería ser objeto de una revisión en
profundidad en el Senado, porque esa complementariedad de la seguridad
privada con la seguridad pública entendemos que tiene que ir enmarcada en
una subordinación de la seguridad privada versus la seguridad pública, y
todavía hoy en ese artículo 41 hay determinadas actividades en las que se
deja vía libre a la seguridad privada, pero que en todo caso deberían
coordinarse con la seguridad pública. De ahí nuestras enmiendas 180, 182
o 183. De ahí también que sigamos pidiendo en el informe de la ponencia
que algún aspecto de ese artículo 41 pasara del apartado 2 al apartado 4
del mismo, porque no dejaríamos vía libre a la seguridad privada; debería
coordinarse con la seguridad pública, porque si no podríamos realizar
compartimentos estanco, que cuando hablamos de temas de seguridad prima
siempre el interés general, el interés común de preservar el orden
público, que es una competencia pública. Bien está que pueda actuar la
seguridad privada, pero bajo esa coordinación con las Fuerzas y Cuerpos
de Seguridad del Estado, sean locales, autonómicas o de carácter estatal.
De ahí todas estas enmiendas que defendemos.
Para finalizar ya, señor presidente, dos últimas enmiendas a las que me
quería referir. El sector de la seguridad privada es importantísimo,
agrupa muchas personas con unos horarios en ocasiones muy duros. Cuando
se encarga seguridad privada por parte de un particular y al trabajador
no le llega el relevo, dicho trabajador no se va de su puesto de trabajo
hasta que no llega el sustituto, porque no puede dejar sin protección la
vigilancia concreta para la que la empresa de seguridad le ha contratado,
y en ocasiones los horarios pueden poner en riesgo la función final, que
es preservar la seguridad, y es que alguna limitación debe haber en
materia de horarios. En este sentido entendemos que reglamentariamente se
deberían establecer los horarios máximos permitidos y el resto de
condiciones de trabajo del personal de la seguridad privada con el objeto
de garantizar la calidad óptima del servicio. Si no se ponen límites en
ocasiones puede ser muy difícil que las condiciones laborales mínimas que
debe tener todo trabajador queden garantizadas, y en este ámbito es
importante.
También, quiero referirme a nuestra enmienda 204, en la que pedimos que el
Gobierno reglamentariamente regule las circunstancias y condiciones que
deben cumplir los guardas rurales para tener la protección jurídica de
agentes de la autoridad. Entendemos que reglamentariamente deberían
regularse los requisitos para considerar sus actividades de interés
general y desarrollar bajo qué especiales circunstancias se deben prestar
estos servicios. Hay muchos guardas rurales -usted, señor presidente, es
de una comunidad autónoma que seguro que conoce esa realidad- que están
solos, en parajes aislados totalmente, y si no tienen ningún amparo legal
respecto a la actividad que realizan, en ocasiones aquello que realizan
ante un infractor, si después es su palabra contra la del infractor, si
no hay una cierta presunción de veracidad bajo determinados parámetros
legales previstos, podemos encontrarnos con que la función que realizan
los guardas rurales, aislados, en montañas -en sitios en los que deben
estar- no encuentre cierto reconocimiento en ese ámbito. Por tanto debe
hacerse con cautela, pero debe buscarse una regulación, ver en qué
supuestos, qué requisitos de formación deben tener, porque es un sector
importante que cumple también funciones en el ámbito de la seguridad.
Termino, señor presidente, anunciando el voto favorable de Convergència i
Unió al dictamen de la Comisión sobre el proyecto de ley de seguridad
privada, y agradeciendo una vez más el esfuerzo de consenso al que hemos
llegado, y pidiendo -en este caso al grupo mayoritario- que en el Senado
se profundice respecto a esos flecos, a esas enmiendas que todavía están
pendientes, y que entendemos que podrían contribuir a mejorar aún más
este proyecto de ley, necesario en estos momentos -la ley de 1992 ha
quedado desfasada-, pero que debe encontrar el equilibrio suficiente para
en todo caso priorizar la seguridad pública, y entender que la seguridad
privada es complementaria pero subordinada a ese interés y a esa
seguridad pública.
El señor PRESIDENTE: A continuación es el turno del Grupo Parlamentario
Socialista, que presentó las enmiendas 207 a 256, de las cuales se han
incorporado en sus términos por la ponencia las enmiendas números 207,
218, 221, 239. Con redacción transaccional están las enmiendas números
223, 225, 226, 228, 231, 243, 245 y 246. ¿Es así, señor Trevín?
El señor TREVÍN LOMBÁN: Así es, señor presidente.
El señor PRESIDENTE: Para la defensa del resto de enmiendas, tiene su
señoría la palabra.
El señor TREVÍN LOMBÁN: Señor presidente, va a permitirme hacer una ligera
intervención. Se pide en este momento que se haga una defensa de las
enmiendas que no han sido aceptadas. Como las
enmiendas aceptadas han sido exclusivamente las referidas a chapa y
pintura, y por desgracia ni siquiera a lienzos enteros del coche, sino a
meros brochazos estéticos, voy a aprovechar para hacer una reflexión
sobre esta importante ley. Dictaminamos hoy en esta Comisión el proyecto
de ley de seguridad privada, que aborda fundamentalmente dos aspectos
sustanciales de nuestra organización social, así como otras cuestiones
relevantes para nuestra seguridad: el papel del Estado y de sus Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, y el control público de las empresas de seguridad y
su repercusión en la calidad del servicio que prestan y el empleo que
generan, que constituyen los dos aspectos sustanciales. El resultado de
los trabajos de la ponencia sobre ambos determina la posición del Grupo
Parlamentario Socialista sobre esta ley, ya que respecto a su
anteproyecto mantenemos discrepancias que pretendíamos negociar durante
la tramitación. Por ello no presentamos enmiendas a la totalidad,
absteniéndonos en la votación de las de Izquierda Unida y Convergència i
Unió, pero sí presentamos 50 enmiendas parciales, la mayoría respecto a
los aspectos sustanciales referidos. No debieron constituir ninguna
sorpresa ni para el Gobierno ni para el resto de grupos, ya que en
nuestra intervención en el Pleno anunciamos los aspectos que pretendíamos
corregir del texto gubernamental. El propio ministro del Interior nos
trasladó que estaba abierto al diálogo, comprometiéndose a estudiar
nuestras propuestas para buscar los correspondientes acuerdos. La
realidad del texto actual demuestra que aquellas palabras ministeriales
se las llevó el viento. Del acuerdo nunca más se supo. No es que la
propuesta del Gobierno no haya sido corregida en los aspectos inasumibles
para nuestro grupo, sino que las correcciones acordadas se hicieron en
sentido diametralmente opuesto; por tanto votaremos en contra del
dictamen. Y lo lamento por el señor Márquez y por el señor Escobar,
porque han hecho un trabajo que queremos reconocer, igual que el señor
Jané, el señor Olabarría, el señor Sixto y mi compañero Pedro Muñoz, que
fueron quienes trabajaron de forma más insistente en esta ponencia.
Voy a referirme ahora a lo que respecta en la ley al papel del Estado y
sus Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y al de las empresas privadas y sus
agentes de seguridad. Esta Comisión va a aprobar un proyecto de ley que
rompe con la concepción de la seguridad ciudadana como servicio público,
que la Constitución atribuye a nuestro juicio a las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado. A partir de ahora, con este texto dichas funciones
podrán ser ejercidas indistintamente por ellas o por la seguridad
privada, y el criterio para determinar que sean unas u otras podrá ser el
económico, es decir, lo que resulte más barato; un nuevo ataque de este
Gobierno al Estado social proclamado por la Constitución. ¿Qué cambios
notará con ello en la calle el ciudadano? Lo más evidente es que en
calles y espacios públicos los vigilantes privados podrán sustituir
paulatinamente a la Policía y a la Guardia Civil. El anteproyecto
contemplaba esta posibilidad en calles peatonales como Preciados; ahora,
tras el acuerdo del Partido Popular con Convergència i Unió, podrán
hacerlo también en otros espacios o vías públicas, y dichos vigilantes
privados podrán detener, cachear e identificar a los ciudadanos en dichos
espacios públicos. Deben darse por advertidos quienes realicen
concentraciones o manifestaciones no comunicadas en Sol. Unos podrán ser
disueltos e identificados por efectivos del Cuerpo Nacional de Policía en
la propia plaza para las correspondientes sanciones contempladas en el
anteproyecto de ley de seguridad ciudadana; y los otros, los que opten
por salir por pies por Preciados o alguna otra calle adyacente, se
enfrentarán a la posibilidad de ser detenidos o identificados por
vigilantes privados con idéntico objetivo.
La vigilancia en las cárceles también se convierte en objeto de deseo
empresarial. Su recinto exterior podrá ser atendido por vigilantes
privados, en detrimento de los efectivos de las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado, que hasta ahora ejercían esas funciones. Las
grandes empresas privadas de seguridad están de enhorabuena, son las
principales beneficiadas con esta ley, y no solo en lo que se refiere a
la seguridad ciudadana. Asuntos como la prevención o la reposición de
catástrofes producidas por riesgos accidentales o derivados de la
naturaleza, de exclusiva competencia pública desarrollada por Protección
Civil, podrán prestarse de manera opcional por empresas privadas. El
Gobierno renuncia con esta ley a seguir concibiendo la seguridad como un
derecho; la convierte en una oportunidad de negocio, en una mercancía que
podrá venderse por razones presupuestarias o comprarse para impulsar el
principio -tan querido por los conservadores- de que cada uno tenga la
seguridad que pueda pagarse.
Respecto al control público de estas empresas y su repercusión en la
calidad del servicio que prestan y del empleo que generan, convertida la
seguridad en negocio, se toma el camino de favorecer esta actividad
económica. La propuesta que hoy analizamos saca del ámbito de actividades
excluidas de aplicación de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre
libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, determinadas
iniciativas de seguridad privada, como son los despachos de detectives,
las empresas de instalación y mantenimiento, y los centros de formación
de personal de seguridad, que
quedan exentos de someterse a autorización administrativa, bastándoles con
una declaración responsable para iniciar su actividad, lo que
prácticamente garantiza la ausencia de control público. Esto es
especialmente grave para nosotros en materias como la formación, como
también nos parece grave que no se haya desarrollado de una forma más
prolija, sobre todo viendo alguno de los problemas que tiene la
regulación en el ámbito de los detectives privados. La calidad del empleo
y la consideración social de sus trabajadores podrían haberse mejorado
notablemente de haber tenido en cuenta nuestras enmiendas respecto a la
formación inicial y continua de los vigilantes, el control de los centros
de formación y el establecimiento de una formación reglada y académica.
El Grupo Socialista considera imprescindible que el Ministerio de
Educación establezca el itinerario curricular indispensable para adquirir
las competencias necesarias para servicios de vigilancia y seguridad
privada, y que dichas enseñanzas se desarrollen en los centros de
formación profesional. La propuesta actual camina en sentido contrario,
es decir, en conceder todo el poder a las grandes empresas que en este
como en otros aspectos logran el cien por cien de sus pretensiones:
formarán y seleccionarán a su libre albedrío. Deben estar muy agradecidas
a los grupos Popular y de Convergència i Unió. Pero no se agotan aquí las
concesiones que consiguen con esta ley. El intrusismo adquiere patente de
corso al establecer este proyecto la posibilidad de actividades
compatibles, con lo que se dará carta de naturaleza a los llamados
auxiliares para tareas subordinadas de ayuda o socorro, para las que no
contempla competencias de control o sanción esta ley. Con ello se podrán
burlar fácilmente disposiciones de la misma, favoreciendo la autorización
por las empresas de una subcategoría de vigilantes que no generarán
obligaciones para ellas, que cobrarán menos y que permitirán un recorte
salarial de la vigilancia. Tampoco se establece requisito alguno para las
personas en quienes se delegue el cargo de jefe de seguridad, permitiendo
una delegación por vía reglamentaria. Por último, en este capítulo hay
que resaltar que en el ámbito sancionador no guardan relación alguna la
conducta infractora, la sanción a imponer y la capacidad económica del
infractor, ya que en algunos supuestos son mayores las sanciones
económicas al personal que a las empresas.
Quiero terminar con cuatro aspectos que merecen consideración: una
ausencia sospechosa, una renuncia que lleva a la opacidad, una
contradicción en el reparto competencial y una semilla de la discordia.
Sospechosa resulta en la tramitación de este proyecto la ausencia de un
informe del Consejo de Estado que lo acompañe; el mismo podría hacer
observaciones sobre sus propuestas que el Gobierno ha querido claramente
evitar. Como se decía en un viejo y exitoso concurso televisivo, ¿por qué
será? Compartimos con el Gobierno la preocupación por la ciberseguridad y
somos conscientes de la necesidad de abordar con urgencia una
reglamentación de esta materia. Este texto parece en ocasiones querer
reglamentarla para a continuación excluirla. Lo que sí recoge es una
habilitación reglamentaria al Gobierno para regular este importante
aspecto, pero a través de una normativa que se sustrae al debate de este
Parlamento, lo que da una apariencia de opacidad que ni el asunto ni el
interés mostrado por esta Comisión merecen. Definitivamente, la
organización territorial de España es un galimatías para este Gobierno;
las contradicciones al respecto que contiene este proyecto lo demuestra.
La ley avanza en el reparto competencial entre administraciones, pero
introduce conceptos como el control previo en el artículo 13 a) bis, que
no existe en el resto del articulado y que es imprescindible determinar a
qué se refiere. Al mismo tiempo y en sentido contrario permite que
empresas de seguridad extranjeras, autorizadas para la prestación de este
tipo de servicios por la normativa de cualquiera de los Estados miembros
de la Unión Europea, se registren únicamente en el nivel autonómico si
limitan su ámbito de actuación a dicho territorio. No parece razonable
que en un caso como este el Estado haga dejación de una competencia
exclusiva. Menos razonable aún son los elementos de discordia que entre
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado introduce este proyecto al
ampliar las competencias de la Guardia Civil en esta materia de seguridad
privada. No es respetuoso con el reparto tradicional de esta competencia
y está generando un amplio malestar en el Cuerpo Nacional de Policía.
En resumen, con este proyecto, el Ministerio del Interior pretende cambiar
el liderazgo tradicional de lo público en la seguridad de los españoles.
El propio ministro repite insistentemente que nuestra ratio de efectivos
públicos en esta materia está muy por encima de la de los países de
nuestro entorno, mientras que los privados están muy por debajo. Recurre,
pues, para justificar el sistemático recorte de policías y guardias
civiles, a las estadísticas internacionales, como ya hizo el ministro de
Educación con el informe PISA. Esconde, sin embargo, que nuestra
situación en el ranquin de seguridad es bien diferente. Formamos parte
del pelotón de cabeza en seguridad y algo tendrá que ver en esto nuestra
apuesta pública por ello. ¿Por qué homologarnos a modelos con peores
resultados? Porque los países con una ratio mayor de seguridad privada
que el nuestro y menos ratio de seguridad pública tienen niveles de
seguridad peores
que nosotros. Solo la apetencia de las grandes empresas por ampliar su
negocio en este sector, que ya emplea a más de 100.000 personas, puede
explicarlo, especialmente si comprobamos todas las cesiones que se hacen
a las mismas en este texto. Ellas son las grandes vencedoras en este
proyecto de ley, hasta el punto de que no resulta exagerado decir que con
ello han alcanzado sus últimos objetivos: su subordinación a la seguridad
pública ha terminado.
El señor PRESIDENTE: A continuación es el turno del Grupo Parlamentario
Popular, que presentó las enmiendas de la 257 a la 286. Todas ellas se
incorporaron a la ponencia en sus propios términos, excepto la 261, la
273 y la 275, que lo hicieron con redacción transaccional. ¿Es así, señor
Márquez de la Rubia?
El señor MÁRQUEZ DE LA RUBIA: Así es, señor presidente.
El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra, por tanto, para pronunciarse sobre
sus enmiendas y presentar, en su caso, transaccionales o fijar posición
de su grupo parlamentario.
El señor MÁRQUEZ DE LA RUBIA: Como ha dicho el señor presidente, fijaré la
posición de nuestro grupo, defenderé las enmiendas, presentaré alguna
transaccional y también contestaré las intervenciones de los portavoces
del resto de grupos parlamentarios que me han precedido en el uso de la
palabra.
En primer lugar, quisiera agradecer el tono de los intervinientes. Dentro
de la legítima discrepancia de pareceres y posicionamientos, han sido
unos discursos que se atienen a lo que debe ser un debate serio, un
debate riguroso como el que se ha venido produciendo en todas las
sesiones de trabajo que han desembocado en esta Comisión de Interior que
hoy celebramos. Estamos aquí abordando la recta final en esta Cámara del
texto que entró en ella antes del verano y que ha venido siendo trabajado
de manera muy concienzuda por todos los grupos parlamentarios, muy
especialmente -así tenía que ser- por este Grupo Parlamentario Popular,
al que le corresponde la defensa, en este caso, de la iniciativa
legislativa que ha presentado el Gobierno de la nación. Creo que eso se
ha reconocido por los grupos parlamentarios y es algo de lo cual nos
debemos felicitar todos, y también debemos trasladar a la ciudadanía la
forma en la que se puede trabajar en un proyecto de ley tan importante
como el que tenemos encima de la mesa en este momento. Un trabajo que se
ha producido a todos los niveles y que creo que es muy importante
resaltar. Ha habido encuentros, reuniones, debates con los agentes del
sector, con todos ellos, y se han recibido aportaciones de todos y cada
uno de ellos; de casi todas las empresas del sector, agrupadas en la
Comisión Nacional de Seguridad Privada; también de los despachos de
detectives privados, un sector que claramente se ve aludido por los
parámetros y el articulado de este proyecto de ley; de los sindicatos, es
decir, de los representantes de los trabajadores, del personal que
trabaja en esas empresas de seguridad privada; de los usuarios de
servicios y medidas de seguridad; también de las comunidades autónomas, y
me referiré especialmente a ello en el transcurso de mi intervención, muy
en concreto además a la colaboración, que yo creo que ha sido constante
con las comunidades autónomas que tienen competencias de seguridad
integral, como es el País Vasco y la Comunidad Autónoma de Cataluña;
también de la Federación Española de Municipios y Provincias. En su
tramitación parlamentaria -creo que lo podemos decir con orgullo- el
Grupo Parlamentario Popular ha querido hacer, y ha hecho, un gran
esfuerzo de flexibilidad, de cercanía, de comprensión hacia las
posiciones del resto de grupos que se ha transmitido en todos y cada uno
de los encuentros mantenidos. Así ha sido reconocido por los anteriores
intervinientes, lo cual agradezco.
Fruto del trabajo y también de la discrepancia, como decía al comienzo de
mi intervención, son las 286 enmiendas presentadas a este proyecto de
ley, y fruto de nuestra flexibilidad, del buen talante, de la
comprensión, del acercamiento, de ese trabajo de intentar mejorar el
texto, 109 enmiendas de esas 286 han sido de una u otra manera aceptadas,
incorporadas, transadas; es decir, de una u otra forma esas enmiendas,
que han modificado el texto original, se han repartido entre todos y cada
uno de los grupos. Muy concretamente hemos aceptado enmiendas del Bloque
Nacionalista Galego, del Partido Nacionalista Vasco, de La Izquierda
Plural, de Unión Progreso y Democracia, de Convergència i Unió o del
Partido Socialista, y hemos transado con casi todos los grupos presentes
en esta Comisión, en la Cámara al fin y al cabo, es decir, hemos
incorporado también sus pareceres y con ello hemos mejorado el texto
final. Ha sido un ejercicio de flexibilidad y de apertura democrática que
yo creo -permítanme que lo diga en este momento- que debiera haberse
correspondido con otro, el del resto de grupos para actuar en
consecuencia.
He oído el posicionamiento expreso de algunos de los grupos, y a los que
han manifestado su voto favorable les expreso mi agradecimiento, como a
Convergència i Unió. Otros todavía no se han definido, como el Grupo
Parlamentario del PNV, aunque espero que lo hagan de forma favorable a
tenor del tono y de los argumentos empleados en sus intervenciones; otros
parece que ya se posicionan en contra del proyecto de ley mejorado que
traemos a debate, pero yo les pediría que actuaran en consecuencia con el
tono empleado, con el trabajo efectuado y con los objetivos conseguidos.
Creo que el voto favorable a esta ley es merecido. Se lo merece, como ya
he dicho, no solamente porque hemos hecho ese esfuerzo de acercamiento o
de buscar el común denominador que a todos nos favorezca, sino también
porque a esta ley deberían reconocérsele los claros y mayoritarios
elementos positivos ya que es una ley que conoce los grandes avances que
puede suponer para el sector y para el concepto de seguridad integral que
creo, señor Trevín, que es el concepto que la sociedad española del siglo
XXI demanda en estos momentos. Bajo el monopolio estatal constitucional,
por tanto, inapelable de la seguridad pública, la cooperación y la
subordinación de la seguridad privada a este concepto de seguridad
pública nos hace llegar a ese concepto de seguridad integral. Ese
concepto de seguridad integral es el que desde el Grupo Parlamentario
Popular estamos convencidos que reclama la sociedad del siglo XXI, que
evidentemente ha evolucionado en los últimos años al compás de la Ley
23/1992 de Seguridad Privada, que hasta ahora se mantiene vigente y que
supuso un antes y un después; una buena ley que ahora modernizamos, que
ahora actualizamos, que ahora ponemos al día en este avance constante que
tiene que haber en este tipo de materias.
En este momento, señor presidente, quisiera anunciar la presentación de
una enmienda transaccional in voce al artículo 28.1.c) cuyo texto ha sido
trasladado a los portavoces de los distintos grupos, así como también a
la Mesa, para que se someta a votación.
Permítanme que en el tiempo que me resta entre en el contenido de la ley y
conteste a las intervenciones de los grupos parlamentarios. Decía
anteriormente que es una ley muy importante, una ley que viene a cumplir
el programa del Partido Popular y el compromiso del Ministerio del
Interior, expresado por su titular, el ministro del Interior, en su
primera comparecencia ante esta Comisión y que creo, porque así ha sido
expresado, que va a ser muy bien recibida por el conjunto de los agentes
del sector al que va dirigida. Una ley que moderniza los parámetros de la
Ley 23/1992, una ley que viene a ordenar y a completar la normativa en
esta materia, una normativa que por efecto del transcurso del tiempo, y
no solo por eso, se encontraba dispersa, era difícilmente aplicable en
algunos casos y corría el riesgo de hacerse difícilmente comprensible y,
por tanto, provocar elementos de inseguridad, sobre todo jurídica. Hablo
de modernizar, porque si me permitieran definir el carácter básico de esa
ley, creo que es una ley que no solamente regula actividades y servicios
de seguridad privada sino que establece ese adecuado marco de
colaboración, cooperación bajo el monopolio del Estado, de lo público, de
la seguridad privada con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Es una ley
que abre a las empresas la posibilidad de prestar nuevos servicios que la
sociedad está demandando, bien porque una minoría de ellos no están
regulados o bien porque están siendo prestados bajo una regulación que
desde nuestro punto de vista hasta ahora era insuficiente y/o defectuosa.
Esto viene a corregirlo el articulado y las nuevas precisiones de la ley.
Se declaran compatibles un conjunto de actividades que hasta ahora no lo
eran, pero realmente porque no había razón para que siguieran siendo
incompatibles, no había ninguna razón para ello. Se liberalizan
actividades como la planificación, la consultoría o el asesoramiento que
esta ley cree que no debe regular porque deben quedar apartados del
ámbito de la regulación de la seguridad privada; no tiene demasiado
sentido.
No queremos confundir a nadie con todo esto, lo que estamos llevando a
cabo se enmarca en la lógica general de la tarea reformadora y
modernizadora de este Gobierno para facilitar la recuperación económica
que quiere ineludiblemente impulsar. Esta ley aporta mayores garantías y
protección a los trabajadores del sector -creo que debe reconocerse así-
y lo hace con esa nueva concepción de cuándo y cómo es posible darle la
consideración de agentes de la autoridad, siempre en coordinación y
cooperación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, lo que, por cierto,
es coherente con la reforma del Código Penal que estamos tramitando en
esta misma Cámara, concretamente en sus artículos 554 y 556. Con esta
nueva ley se crean instrumentos de gestión como el registro nacional de
seguridad privada, que no va a ser un mero listado, como prácticamente se
podría decir que es hasta ahora, sino que introduce unos elementos que
van a permitir una mejor gestión, una mejor eficiencia en cuanto a los
elementos que constituyen el sistema: datos de empresas, responsables,
habilitaciones, acreditaciones o sanciones. El proyecto -y aquí me
refiero a los dos portavoces de los grupos parlamentarios que representan
partidos de ámbito nacionalista o autonómico, el Grupo Parlamentario del
PNV y el Grupo Parlamentario de Convergència i
Unió, que así lo han reconocido- ha tenido muy en cuenta, y de ello nos
enorgullecemos, la realidad autonómica de España y su reparto
competencial. De ahí el acuerdo en cuanto a la retirada de la enmienda a
la totalidad que se produjo en ese debate y que fue aceptada por el
ministro del Interior, de ahí además el conjunto de enmiendas y de
modificaciones que hemos introducido en la negociación con ambos grupos;
muy concretamente algunos artículos que son el núcleo central de ese
reparto competencial, el artículo 12 y el artículo 13. Esto ha producido
unos elementos que reflejan adecuadamente el reparto competencial en un
asunto delicado como es el de la seguridad de cara a la ciudadanía.
Ampliamos ámbitos de actuación en algunos espacios públicos, perímetros
de centros penitenciarios o en edificios públicos o centros comerciales
abiertos; un concepto novedoso que se ha incorporado a la ciudadanía y
que lo asume con normalidad, siempre en cooperación y bajo el mando de
las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, rechazando explícitamente, y ya no
sabemos de cuántos formas hacerlo, que esto responda a ningún intento de
privatizar nada; bien al contrario, creo que se refuerza el carácter
público cuando se habla de la seguridad privada como una cooperación,
como una colaboración al ejercicio de los elementos que integran la
seguridad pública en aquellos puntos concretos en los cuales estamos
abriendo la capacidad de entrada a las empresas de seguridad privada para
realizar lo que pueden hacer en cooperación y bajo el mando de las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Hemos comentado también el ámbito de los
servicios de investigación privada -detectives, para entendernos-, que
creo que necesitaban una regulación más concreta, más detallada, más
precisa en un sector cuyas actividades, no cabe duda, inciden en derechos
fundamentales. La ley, que especifica ámbitos concretos, exige interés
legítimo para poder promover esa investigación o establece obligaciones y
responsabilidades para el sector, no viene nada más que a mejorar sus
actividades y, por tanto, a darles mayor capacidad de actuación, con
mayores garantías. Es una ley fundada en la complementariedad y la
subordinación, que no adolece de todo aquello que hemos oído en algunas
de las intervenciones, a las cuales me voy a referir a continuación.
El señor Cantó no está en este momento, pero, para que quede constancia en
el "Diario de Sesiones", quiero decirle que las enmiendas y sobre todo su
intervención iba más encaminada a dar titulares que a establecer una
argumentación de fondo. Decir que el Estado se hace a un lado con el
articulado de esta ley no se corresponde con la realidad, no se compadece
con el articulado que tenemos hoy delante y, desde mi punto de vista, es
faltar a la verdad. No estamos hablando, ni mucho menos, de que aquí
estemos intercambiando menos policías por más agentes de seguridad
privada; debemos recordar que vivimos en un país en el cual la seguridad
pública se basa en un modelo exitoso hasta este momento que no pensamos
de ninguna forma violar, pero que significa que en España hay 528
policías de cualquier tipo y condición por cada 100.000 habitantes,
mientras que en la Unión Europea hay 385 por cada 100.000 habitantes, es
decir, estamos muy por delante de la media de nuestros países, de
nuestros socios, de nuestros aliados, del entorno en el que nos movemos
en cuanto a la presencia de policía pública, vamos a llamarla así para
que nos entendamos. Sin embargo, en el ámbito de la seguridad privada
estos números se reducen a 195 agentes de seguridad privada por cada
100.000 habitantes, mientras que la media de los países de de la Unión
Europea se eleva a 271. No creemos que ese binomio de sin reducir
nuestros elementos o nuestros números en materia de seguridad pública
seamos capaces de incorporar mayores elementos de seguridad privada
lleve, ni mucho menos, a una alteración de nuestros parámetros de
seguridad que, por cierto, señor Trevín, en los últimos años vienen
disminuyendo en todos y cada uno de sus elementos estadísticos, lo que se
refleja en los datos que se pueden consultar en las páginas del
Ministerio del Interior.
Me estaba refiriendo al portavoz de Unión Progreso y Democracia, pero es
un elemento que ha salido también en los comentarios de casi todos los
portavoces, en cuanto que esta ley no trata elementos tan importantes
como la ciberseguridad. No lo trata de forma expresa, y además así fue
reconocido por el ministro del Interior, porque está siendo abordado en
otro ámbito, en otro foro, con unos compromisos temporalmente expresos
del Gobierno de la nación para que se traten de forma específica,
precisamente por el carácter muy singular y muy importante de la
ciberseguridad, en esa estrategia de seguridad nacional que incorpore una
estrategia de ciberseguridad anexa o adosada a ella.
Al representante de La Izquierda Plural quiero decirle que no puedo
compartir que se lesione monopolio alguno del Estado en materia de
seguridad y que aquí estemos cercenando derechos de ningún trabajador.
Aquí no se cercena el derecho a la huelga -¡válgame Dios!- ni ningún otro
derecho de los trabajadores. No sería este el ámbito apropiado para
tratar derechos de los trabajadores y precisamente por eso no se hace. Si
me apura -y así ha sido consultado con los representantes de los
trabajadores de este sector, el
de la seguridad-, lo que damos es mayor garantía a su trabajo, mayor
protección, a través de ese artículo que ha sido muy comentado, muy
debatido y modificado además in extremis por las reflexiones de los
grupos parlamentarios, cuando se le da esa condición de agente de la
autoridad en ciertos momentos y bajo ciertas limitaciones o condiciones.
Por tanto, no hay modificación ni retroceso alguno en los derechos de los
trabajadores sino, bien al contrario, aumento de las garantías en el
ejercicio de ese trabajo.
Al portavoz de Convergència i Unió, señor Jané, quiero agradecerle no
solamente su intervención o el tono expresado en la misma sino también el
esfuerzo de trabajo conjunto. Ha sido un esfuerzo prácticamente diario a
lo largo de las últimas semanas y a través de él además con
representantes del departamento correspondiente de la Generalitat de
Catalunya, que ha contribuido a perfeccionar el texto que tenemos hoy
delante. En cuanto al emplazamiento que hace a que nuestros compañeros en
el Senado puedan seguir perfeccionando algunos de los asuntos que a su
criterio han quedado encima de la mesa o que no han quedado
suficientemente debatidos o incorporados al dictamen de este proyecto de
ley, evidentemente así va a ser. Desde el Grupo Parlamentario Popular nos
comprometemos a trasladar a nuestros compañeros en el Senado las
reflexiones que ha habido en esta Cámara de tal forma que, si así lo
tienen a bien y lo creen conveniente, las negociaciones que tengan lugar
en aquella Cámara puedan evidentemente modificar el texto que salga de
esta Comisión cuando se proceda a la votación.
Debo terminar haciendo referencia a la intervención del portavoz del Grupo
Socialista. Lamento su posición, señor Trevín. También lamento el texto
verbalizado de su discurso porque creo que voluntariamente hay un intento
de confusión que sin duda obedece a una estrategia política global más
amplia de lo que estamos debatiendo en este momento; más amplia incluso
de lo que se debate en esta Comisión de Interior. ¿Cómo es posible hablar
de un ataque al Estado social en esta ley? Yo creo que deberíamos ser muy
cuidadosos en el empleo de términos tan gruesos, tan groseros, permítame
que lo diga. Lo grueso es lo opuesto al trazo fino y en seguridad es lo
que deberíamos emplear; el trazo fino, no el trazo grueso. No
confundamos, no estamos hablando aquí de los parámetros que componen ese
anteproyecto, debatido en primera instancia por el Consejo de Ministros,
de la próxima ley orgánica de seguridad ciudadana; no estamos hablando de
eso, estamos hablando de otros elementos que, como he dicho antes, vienen
a modernizar, a actualizar, a incorporar los nuevos elementos que la
sociedad demanda a la 23/1992 de Seguridad Privada, que se aprobó con un
Gobierno socialista con el apoyo del Grupo Parlamentario Popular y que
creemos que ha sido una buena ley -no tenemos ningún tipo de pudor en
reconocerlo-, pero que necesitaba una actualización y es lo que hacemos
en este momento. Por tanto, no empleemos esos términos tan gruesos de que
es un ataque al Estado social. Señor Trevín ¿de qué estamos hablando?
Cada uno es dueño de sus palabras, pero creo que no debe emplearse esa
demagogia populista en algunos discursos que se alejan absolutamente de
la realidad. ¿Vivimos en un Estado en el que cada uno va a tener la
seguridad que pueda pagarse? ¿Cree usted que hay alguien que pueda
creerse esa terminología? Esto me recuerda más a los posicionamientos de
otros grupos parlamentarios, presentes además en esta Comisión, que han
sido por otra parte elementos que han compuesto su bagaje intelectual,
programático o ideológico pero que no se corresponde realmente ni con la
trayectoria del Partido Socialista en los distintos Gobiernos que han
estado bajo su responsabilidad ni tampoco -debemos reconocerlo así- con
su opinión en el debate en ponencia, en las conversaciones de trabajo.
Creo que su discurso, señor Trevín, se lo digo con todo respeto y con
todo cariño, ha estado plagado de inexactitudes, imprecisiones,
generalizaciones, presunciones, prejuicios y sobre todo de posturas
previas de cara a un supuesto sector de opinión pública que puede acoger
favorablemente este tipo de discursos. El liderazgo se mantiene, se va a
mantener -constitucionalmente es imposible que fuera de otra forma- en el
ámbito de la seguridad pública. La ley se fundamenta en los principios de
complementariedad y subordinación funcional de la seguridad privada a la
seguridad pública para que -vuelvo al comienzo de mi intervención-
contribuya a la seguridad integral de la ciudadanía española. Es una ley
para el siglo XXI, es una ley para un sector dinámico y profesionalizado
que tiene un importante papel en la actividad económica y que está
llamado a seguir siendo un generador de puestos de trabajo en un futuro
próximo.
Señorías, termino mi intervención con una frase que creo que resume
realmente la intención de este proyecto de ley: Queremos un país cada vez
más seguro, un país en el que todos podamos disfrutar plenamente de
nuestros derechos y de nuestra libertad. El proyecto de ley de seguridad
privada contribuye claramente a ese objetivo de todos. (Aplausos).
El señor PRESIDENTE: A continuación abrimos el turno de fijación de
posición y en su caso de aceptación o no de transaccionales u otras
enmiendas.
En primer lugar tiene la palabra, en representación del Grupo Nacionalista
Vasco, el señor Olabarría.
El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Señor presidente, aceptamos la transacción in
voce que nos plantea el Grupo Popular en relación con la modificación del
artículo 28.1.c). En cuanto a las transacciones, ya me pronuncié antes
del momento procesal oportuno. Dije que vamos a aceptar la transacción a
nuestra enmienda número 27, a nuestra enmienda número 76 y no vamos a
aceptar la transacción ofertada a la enmienda número 77. En relación con
lo demás, señor presidente, vamos a ver si en el Senado podemos terminar
de limar y de llegar a acuerdos sobre algunas cuestiones de carácter
competencial. Llama poderosamente la atención, si me permite la
disertación que va a ser muy breve, se lo aseguro, que se reconozcan con
más facilitad competencias a las policías integrales autonómicas, en
concreto a la Ertzaintza, que a aquellas empresas de seguridad que
realizan funciones de seguridad pública desde la perspectiva de la
complementariedad, dependencia y subordinación a la propia Ertzaintza. Es
una falta de simetría, es una desarmonía que no podemos comprender. Se
comprendería y se arreglaría este desajuste, señor presidente, si esta
relación de enmiendas que vamos a entregar al Grupo Popular en este
momento fueran objeto de la debida consideración en el Senado. Entonces
llegaríamos casi a una ley rayana en la perfección desde las distintas
perspectivas analíticas, desde la filosofía subyacente en relación con la
complementariedad de lo privado y lo público, no alterándose el monopolio
de la función coactiva que corresponde al Estado, perfilando
jurídicamente cuál es el perfil o la silueta jurídica que debe
caracterizar a las empresas y a los agentes de seguridad y otros
colectivos como los guardas rurales, a los que con brillantez se refería
el señor Jané, así como a los detectives, respetando -porque debe ser
así- el carácter de empresas privadas cuya vocación no puede ser otra más
que la de obtener beneficios económicos razonables de aquellas empresas
que proveen actos de seguridad. Se ha buscado una interacción y unos
puntos de equilibrio razonables entre todos estos principios, más la
adición de competencias que antes se consideraban públicas por su propia
naturaleza -ya hemos hablado de la vigilancia perimetral de centros
penitenciarios, de la labor de escoltas y de otras funciones como las de
la vigilancia de edificios públicos-. Por resumir, señor presidente,
estamos ante una buena ley en términos generales pero mejorable y
esperemos que el Senado cumpla esa función que esporádicamente cumple de
poder corregir o complementar aquello que no somos capaces de
perfeccionar adecuada o debidamente en el Congreso.
No quiero acabar mi intervención -no lo hice antes y cortesía obliga- sin
agradecer a los ponentes del Partido Popular su predisposición siempre a
intentar comprender nuestras posiciones.
El señor PRESIDENTE: En representación del Grupo de La Izquierda Plural,
para fijar posición, tiene la palabra el señor Sixto.
El señor SIXTO IGLESIAS: Sobre el tema de las transaccionales aceptamos
incluso la última formulada in voce por el portavoz del Grupo Popular, no
hay ninguna pega y además lo agradecemos, lamentando no obstante que
estas transacciones y la enmienda que se nos ha aceptado no alteren el
carácter fundamental privatizador que nosotros atribuimos a la ley.
Lamento no coincidir con el portavoz del Grupo Popular, pero tampoco
garantiza determinados derechos a los trabajadores que, en todo caso y en
la mejor de las circunstancias, quedarán al albur del Gobierno en el
desarrollo del régimen reglamentario de esta ley. Esperemos -porque la
esperanza es lo último que se pierde- que en ese desarrollo reglamentario
se puedan ver garantizados esos derechos de los trabajadores de la
seguridad privada y de otros trabajadores que nosotros entendemos que en
este proyecto de ley no se ven garantizados. Lamentamos que el carácter
de privatización se mantenga. Ello nos llevará a hacer una votación final
del proyecto de ley negativa. En ningún caso votaremos favorablemente.
El señor PRESIDENTE: En representación del Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió), tiene la palabra el señor Jané.
El señor JANÉ I GUASCH: Intervengo para aceptar la transacción in voce que
hoy se nos presenta a este proyecto de ley y para reafirmar nuestra
voluntad de que este consenso que Convergència i Unió ha demostrado sea
correspondido en el Senado para limar algunos aspectos competenciales que
todavía podrían mejorarse y para atender algunas peticiones que irían a
favor de ese concepto de la seguridad privada subordinada a la seguridad
pública que queda reflejado en algunas enmiendas al artículo 41 que ha
presentado mi grupo y que pensamos que en el Senado también podrían tener
un avance más en positivo en aras de conseguir el consenso necesario para
este proyecto de ley. Creemos que nuestro
grupo ha sido coherente porque partió de una discrepancia inicial en el
ámbito competencial. Hemos introducido muchísimas enmiendas para
mejorarla y finalmente hoy podemos otorgar un voto positivo. Por tanto,
creemos justificada esa oposición inicial si ello ha valido para abrir
una negociación en serio y para poder cambiar un texto que inicialmente
no podía haber sido aprobado por parte de Convergència y Unió.
El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Socialista, para fijar
posición, el señor Trevín tiene la palabra.
El señor TREVÍN LOMBÁN: Quería aprovechar este último turno de palabra, en
primer lugar, para agradecer, como hizo el portavoz del Grupo
Parlamentario Popular, el tono general de las intervenciones. Creo que lo
que estamos haciendo hoy aquí es una parte de lo que no se suele hacer en
el trabajo previo; es una reflexión de cómo cada uno vemos integralmente
la ley, y creo que es positivo que eso lo pongamos en común. Yo voy a
aceptarles una primera cuestión que les agradezco. Les agradezco que nos
hayan admitido una enmienda donde indicábamos que todas estas actividades
-se refiere a las de seguridad privada- tienen la consideración de
complementarias y subordinadas respecto a la seguridad pública. Es verdad
que nos lo han aceptado, como también es verdad que se ha aceptado una
enmienda transaccional con el Grupo Vasco, PNV, que indica que la ley
pasa de poner el acento en el principio de la subordinación a desarrollar
más eficazmente el principio de complementariedad. Nos preocupa. ¿Por qué
nos preocupa? Porque las grandes empresas de seguridad de nuestro país
tienen un poder muy importante; en algunos casos y en un aspecto tan
sensible como el de la seguridad, casi en pie de igualdad con algunas
administraciones, y esto al Grupo Parlamentario Socialista nos preocupa
especialmente. Se lo digo para que entienda también nuestra posición.
Antes de continuar, quiero hacer dos aclaraciones en cuanto a que estamos
de acuerdo con la transaccional in voce que se ha acordado ahora y en
cuanto a que hemos presentado a la Mesa una serie de transaccionales
sobre la parte no aceptada de nuestras enmiendas 223, 225, 226, 228, 231,
243, 245 y 246. Por ello hemos hecho esas transaccionales. Haré otra
reflexión rápida sobre el concepto de seguridad integral y qué hay detrás
de ese tema. Dice: A los ciudadanos no les importa si la seguridad es
pública o privada, el caso es tener seguridad. De acuerdo. Y nos dicen:
Vamos a dar más posibilidades en el ámbito público de calles y espacios a
las empresas de seguridad privada. Y al mismo tiempo, año a año, se
reduce el número de guardias civiles y de policías porque, ha incidido
otra vez en ello, los países de nuestro entorno, aquellos a los que
queremos homologarnos, resulta que tienen una ratio de seguridad pública
menor y una ratio de seguridad privada mayor. En todos ellos los niveles
de seguridad son peores que en España. Eso ya nos lo sacó el ministro de
Educación con PISA. Dice: Es que España está por debajo de otros países
en educación. Oiga, España está por encima de los países de su entorno en
seguridad, y ustedes nos quieren vender el modelo de los países que están
por debajo. Como comprenderá, nos tenemos que resistir con armas y
bagajes a ese modelo. También nos dicen que han sido muy bien recibidas
por los trabajadores del sector las regulaciones que afectan a los
ámbitos laborales. Pues yo tengo opiniones contrarias, por una razón:
hasta ahora las empresas de seguridad solamente podían tener vigilantes.
Es verdad que había algún subterfugio para los auxiliares a través de
empresas con las que se ponían de acuerdo o empresas de marca b, pero es
que ahora pueden tener vigilantes y auxiliares, y los auxiliares cobran
bastante menos que los vigilantes. Y es muy difícil porque el Ministerio
del Interior no va a tener mecanismos de control adecuados para
establecer unos y otros y qué funciones están haciendo, con lo cual habrá
muchos más auxiliares, es decir los que menos cobran. Puede usted tener
la seguridad de que el aumento de trabajadores en la seguridad privada
irá unido indisolublemente a la reducción salarial en la seguridad
privada porque cada vez habrá un mayor porcentaje de auxiliares sobre
vigilantes.
Me decía que no puede estar de acuerdo conmigo, que había hecho una serie
de juicios, presunciones e inexactitudes. Quiero que me conteste
solamente a lo siguiente. ¿Es verdad o no es verdad que la actual ley
permite que en espacios públicos allí donde no puede llegar la Guardia
Civil o la Policía se puedan sustituir por vigilantes privados? ¿Sí o no?
¿Es verdad o no es verdad que con esta ley los vigilantes privados van a
poder detener, identificar y cachear a los ciudadanos? ¿Sí o no? ¿Es
verdad o no es verdad que las empresas de seguridad van a poder abrir su
campo empresarial también a recintos que hasta ahora eran exclusivamente
de seguridad pública como los recintos exteriores de las prisiones o a
intervenir en catástrofes naturales o accidentales, que hasta ahora eran
exclusiva competencia de Protección Civil? La ley pone eso, y esas son
las cosas que preocupan a la ciudadanía. Me dice: Vamos a la seguridad
integral, que es lo que preocupa al ciudadano. Hasta cierto punto; cuando
el dinero entra
en la protección de todos, eso marca una diferencia sustancial. Cuando el
dinero entra en espacios como el de la seguridad común para todos
perjudica la calidad democrática; de verdad lo creo. Porque, fíjese bien,
si en la calle Preciados están patrullando los vigilantes privados, que
estarán contratados fundamentalmente por los comerciantes o por una parte
de ellos, ¿cree usted que ante un problema van a dar la misma respuesta a
quienes les contrataron que al vecino del segundo que no tiene nada que
ver con su contratación? Es que esto es lo que afrontamos con ese modelo.
Es el suyo, no se lo discuto, y entiendo que efectivamente podemos tener
divergencias en ese aspecto, pero seamos muy conscientes de a lo que nos
enfrentamos.
Pídale, por favor, al secretario de Estado que corrija la nota en la que
nos recuerda a los ciudadanos las medidas de prevención contra el robo en
viviendas a través de una felicitación navideña. ¿Por qué se lo digo?
Porque con una ley como esta en la que parece que se está incentivando el
negocio privado, la recomendación número tres que hace es la siguiente:
Pide a un vecino que recoja tu correo y si vives fuera del casco urbano,
refuerza la vigilancia. En ese refuerzo a la vigilancia no se hace
referencia a la Guardia Civil precisamente. Como estoy seguro de que el
secretario de Estado no quiere hacer publicidad a empresas privadas en un
documento público -estoy seguro-, sus expertos han de hacer una redacción
al menos más cuidada. Usted me dice: Lo que no me puede discutir es que
en los últimos años gozamos de unos buenos niveles de seguridad. Es
verdad, en general; con más seguridad pública que privada -acuérdese-, y
hoy ustedes nos quieren llevar al otro modelo, al de más seguridad
privada que pública en efectivos. Pero también es verdad que en algunos
aspectos no tanto y le voy a decir dos. Se están incrementando los
delitos de robo con fuerzas en domicilios: en 2012, un 25% y en lo que va
de 2013, un 5%, y en dos años se han incrementado los robos en
explotaciones agrícolas y ganaderas. Ahora, si se siguen reduciendo la
Guardia Civil, los Mossos o la Ertzaintza, que son los que tienen que
hacer frente a esta situación -en nuestro caso, territorio del Ministerio
del Interior- y estando ante ladrones que se llevan desde el pienso hasta
los cerdos ibéricos o los tractores, ¿cree usted que las empresas
privadas tendrán un coste asumible para empezar a hacer frente a esas
situaciones? La vigilancia privada no va a poder entrar nunca en esos
ámbitos porque no hay capacidad económica suficiente para hacer frente a
su contratación. ¿Dónde se va a notar fundamentalmente ese modelo de
reducción de lo público y entrada de efectivos de lo privado? En el medio
rural. ¿Dónde se nota? En las viviendas. Por eso hace esa llamada el
secretario de Estado en cuanto a tener mucho cuidado porque lo cierto es
que sí se han incrementado los robos en viviendas. Es muy difícil que en
el futuro la seguridad privada pueda resolver el problema de estos robos
en viviendas; una seguridad que, como dice usted, va a tener el mayor
número de efectivos, sin ningún tipo de duda.
Le parecieron mal mis palabras, que consideró excesivamente gruesas, en
cuanto a que es un ataque al Estado social. Al menos va a permitirme
recurrir a un refrán castellano que dice que una cosa es lo que piensa el
borracho y otra el tabernero. Es decir, cada uno vemos la realidad desde
una perspectiva diferente. Estoy dispuesto a admitir que usted no lo ve
así, pero al menos debería estar abierto a entender nuestra postura. ¿En
qué sentido se lo digo? En que para nosotros hay líneas rojas. Primero,
hay una línea roja desde el punto de vista de la concepción de lo público
y lo privado, pero después hay una línea roja de práctica, muy práctica.
¿Por qué vamos a renunciar a un modelo de seguridad en el que los
españoles podemos sacar pecho en el ámbito europeo? Estamos exportando
nuestro modelo por todo el mundo. En Iberoamérica, al igual que en otros
países con conflictos, como usted sabe bien, se está desarrollando el
modelo policial español a través de la formación con Guardia Civil o con
Policía. Nuestro modelo funciona mucho mejor que el de Alemania, que el
de Francia, que el de Inglaterra, tenemos menos índice delincuencial, y
ustedes están empeñados en llevarnos a su modelo. Por tanto, reflexionen
sobre esto cuando estén hablando de la seguridad integral y de las
mejoras del futuro. En el ámbito del Senado, como se ha hecho
anteriormente, le ofrezco nuestro deseo de seguir abiertos al diálogo en
aspectos como una mejor regulación en el ámbito de los detectives y una
mejor regulación -que en principio a ustedes no les parecía mal- en el
ámbito de la formación. Estamos dispuestos a hablar de ese tema y sobre
nuestras líneas rojas -entiéndame- sobre lo público y lo privado. Aunque
sea un tema personal, si a mí me viene un policía cuando tengo que ir por
Preciados camino del hotel y me pide la identificación estoy muy
tranquilo, pero cuando viene un vigilante privado, con todos los respetos
a la persona del vigilante privado, mi tranquilidad como ciudadano no es
la misma. (Aplausos).
El señor PRESIDENTE: En el mismo turno de fijación de posiciones, en
representación del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor
Márquez de la Rubia.
El señor MÁRQUEZ DE LA RUBIA: Señor presidente, voy a intentar ser
concreto y centrarme en los aspectos más polémicos de los debates que han
tenido lugar a lo largo de lo que llevamos de mañana para poder
ajustarnos a los tiempos que ha marcado usted previamente en su
intervención inicial.
Comienzo por el portavoz que ha hecho en primer lugar uso de la palabra,
el señor Olabarría, al que agradezco de nuevo la predisposición y la
consideración positiva del conjunto del articulado que tenemos encima de
la mesa. Comprendo su posición en cuanto a algunas de las enmiendas no
aceptadas respecto de lo que él ha considerado desarmonías o desajustes
-creo que esas han sido las palabras empleadas- y recibo de buen grado
ese listado de enmiendas que mantiene vivas, que sigue considerando
importantes y que van a trasladar a la Cámara Alta para su debate. No
solamente las recibo sino que, como le digo, reitero ahora nuestro
compromiso de trasladar a nuestros compañeros en el Senado los debates y
las reflexiones hasta ahora producidas en el seno de la Comisión de
Interior, que espero que produzca buenos frutos en esa Cámara. Yo le pido
expresamente que apoye ese recorrido positivo que ha tenido con su voto
favorable en el momento del voto al dictamen que se producirá al término
de las votaciones en esta Comisión.
Señor Sixto, le reitero -no sabemos cómo decirlo- que no hay ninguna
intención privatizadora en este proyecto de ley; no la hay, y así ha sido
expresamente dicho en todas y cada una de las intervenciones de todos
aquellos que hemos tenido alguna responsabilidad en la concepción, en la
modificación, en el debate, en el trabajo, al fin y al cabo, del proyecto
de ley de seguridad privada; no la hay. Por el contrario, creemos que no
abandonamos el modelo -volveré a este asunto en la última parte de mi
intervención-, sino que reforzamos el modelo de lo público al que
complementa lo privado para una concepción de seguridad integral. No
modificamos el modelo, lo modernizamos, lo actualizamos y lo traemos, lo
ponemos al día. Siento discrepar en este campo porque me resulta
particularmente sensible y porque estoy convencido de lo que estoy
diciendo: No cercenamos derechos laborales, no cercenamos derecho alguno
de los trabajadores; por el contrario, creemos -y me reafirmo en lo
dicho- que garantizamos aún más un correcto ejercicio de esas funciones
porque las definimos, las delimitamos, las concretamos y eso redunda
evidentemente en mayores garantías para los trabajadores. Lo cierto es
que el desarrollo reglamentario se producirá posteriormente a la
aprobación de este proyecto de ley, como lo hay en cualquier proyecto de
ley, mucho más en este caso, en el cual uno de los objetivos concretos
era recopilar, armonizar todo aquello que había sido regulado y
desarrollado de una forma dispersa en el tiempo mediante elementos de
rango normativo no demasiado adecuado o que no contribuían demasiado a la
seguridad jurídica de lo que en ello estaba estipulado. Por tanto,
creemos que todo ello va a ir redundando en beneficio de los trabajadores
del sector, en ese número tan importante de personas, de familias al fin
y al cabo, que trabajan en ese sector.
Gracias, señor Jané, por su voluntad de consenso, una vez más lo reitero.
Creo, y lo digo con orgullo, que damos un ejemplo de buen trabajo, de
capacidad de colaboración y de demostrar para qué sirve el trabajo
parlamentario, para llegar a acuerdos que sean capaces de producir textos
mejores que beneficien y que mejoren la calidad de vida de nuestros
ciudadanos. Le aseguro, al igual que he dicho al señor Olabarría, que en
el Senado tendrá lugar este mismo debate abierto, reflexivo y en positivo
para, si fuera posible, limar esos aspectos competenciales de los que
usted ha hablado y concretar aún más conceptos en los que creemos con
convicción, como ese concepto de subordinación de la seguridad privada a
la seguridad pública. Por tanto, le garantizo que tendremos una
negociación seria y coherente en el Senado que espero que tenga frutos.
Gracias, por cierto, por ese voto favorable que lo que hace, sin duda
alguna, es impulsar el siguiente trámite parlamentario en la Cámara Alta.
Señor Trevín, representante del Grupo Parlamentario Socialista, nosotros
sí que hemos querido fijar muy claramente ese concepto de subordinación y
de complementariedad, y lo hemos hecho en base al articulado inicial y
también a aportaciones en consideración a esa particular sensibilidad,
que puedo comprender perfectamente, respecto de estos conceptos que puede
tener su grupo parlamentario, al igual que lo hemos hecho, y también se
lo admitimos, cuando reconocíamos inicialmente -y creo que no es la
primera vez que lo digo en esta mañana- de dónde veníamos, de lo que
estamos orgullosos. Y es verdad, hemos sido hasta ahora un modelo y un
referente en nuestros socios a nivel europeo y también en otros países en
los que tenemos una cierta influencia normativa -y usted ha mencionado
algún país del ámbito latinoamericano-, que también nos miran como
referente y queremos que siga siendo así. Pero para ello, señor Trevín,
hay que ir hacia delante, hay que progresar, y por eso es necesario
modernizar y adaptar la realidad social a las leyes y que estas sirvan de
nuevo para progresar en el ámbito de la seguridad. Creemos que lo hacemos
con este nuevo texto y que vamos a seguir siendo un referente
porque mantenemos lo público, con convicción además, pero reforzamos las
posibilidades de lo privado. No hay reducción de ningún tipo, no queremos
reducción de ninguna parte, no es ese nuestro modelo. No vamos a bajar un
platillo de la balanza para que el otro se incremente. Cuando sacamos a
debate los porcentajes o los datos de policía pública, de agentes de las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad públicos en relación con el resto de
países de la Unión Europea y en comparación con los agentes o los
vigilantes de seguridad o demás conceptos, según cómo se denomine en cada
país, lo hacemos para evidenciar que hay todavía un amplio camino por
recorrer en ese lado de la balanza, sin que eso signifique que vamos a
descompensar el otro. Lo vuelvo a repetir, no hay ningún cambio de
modelo. Creemos en el modelo actual, queremos reforzarlo y lo hacemos a
través de esta ley. Creo que en la reflexión que usted ha hecho hay
elementos que no se corresponden con la realidad. ¿Dónde está el concepto
de los auxiliares que usted veía como un peligro a la calidad del trabajo
o al concepto de las funciones que deben desempeñar los vigilantes de
seguridad? No hay ese concepto en la ley; no existe. Lo que existe son
los vigilantes de seguridad u operadores de seguridad que, por no tener
unas funciones de prevención o de intervención ante la posibilidad de que
se produzcan los elementos para los que están llamados a intervenir, no
debían ser considerados de esa forma y, por tanto, no tendrían que tener
las exigencias que se le pueden requerir a una persona, a un vigilante de
seguridad que tiene que intervenir ante la comisión de un hecho en el
cual es necesaria su intervención o para el que está previsto que
intervenga. Para ser muy concreto, ¿tendría sentido que a las personas
que están trabajando en un aparcamiento simplemente para ver por las
cámaras los coches que entran o que salen les requiriéramos las mismas
limitaciones, consideraciones y formación que a una persona que tiene que
intervenir, posiblemente con arma de fuego, ante un elemento que haya
desatado una alarma? Desde luego, no entra dentro del sentido común que
sea el mismo tipo de requerimientos para unas personas que para otras.
Por tanto, hay vigilantes de seguridad y hay operadores de seguridad y,
por cierto, en una reflexión consensuada con otros grupos parlamentarios
en esta Comisión, no hay dos categorías distintas que sirvan de puerta de
atrás o de puerta falsa. También le garantizo que en la reglamentación de
desarrollo posterior quedará incluso más definida y concretada esta
realidad que ahora le hago expresa.
Usted se empeña en poner el ejemplo de la calle Preciados y dice que usted
está más seguro cuando viene un agente de las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad a pedir su identificación y que no lo estaría tanto -no lo
entiendo- si fuera un vigilante de seguridad de alguno de los centros
comerciales, grandes o pequeños, que están por allí. Realmente ustedes
hacen una apreciación de la realidad que no se corresponde con los
hechos. Creo que si hubiera un elemento de inseguridad en ese momento,
las personas de alrededor estarían muy satisfechas de que alguien
interviniera en una primera instancia. Si es un agente de las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado, por supuesto, pero si no es posible
porque no hayan llegado hasta ese momento y fuera un vigilante de
seguridad del edificio que está vigilando el que está intentado prevenir
o intentado que no se produzca aquel elemento que provoca la inseguridad
en el colectivo de ciudadanos bajo cooperación, mando y, a posteriori
evidentemente, puesta a disposición de los agentes de las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, no creo que ese ciudadano tenga esa percepción de
sentirse inseguro por ese hecho en ese momento. No creo que sea así, de
verdad. No creo que el común de los ciudadanos piense de esa forma y por
eso creo que esa exposición que usted hace parte de prejuicios que no se
corresponden con la realidad y que son, permítamelo decírselo,
incoherentes con su trayectoria política y de ejecución a lo largo de los
últimos años en esta materia. ¿Es coherente, señor Trevín, que con un
Gobierno del Partido Socialista enviemos a agentes de seguridad, a
empresas de seguridad a proteger nuestros pesqueros en los mares de
Somalia con cañones armados y, sin embargo, no permitamos que un
vigilante en un centro comercial abierto o cerrado pueda identificar a
una persona que pueda poner en peligro la seguridad del resto de
viandantes, comerciantes, compradores o simplemente paseantes? ¿Es
coherente esto? (El señor Trevín Lombán: Sí es coherente). Creo que no es
coherente, no lo es. Nosotros apoyamos esa decisión en su momento y la
seguimos apoyando y creemos que la incorporación ahora de ese tipo de
funciones puede ser beneficiosa para reforzar, vuelvo a decirlo, el
concepto.
Está usted extrayendo, por otra parte, aquellos datos de las estadísticas
que sirven para reforzar su discurso, pero que, desde luego, no son los
datos estadísticos globales de incremento de la seguridad y de descenso
de los ratios de inseguridad de nuestro país en los últimos años, en un
descenso constante, por cierto. No es así y creo que no se corresponde
con que nos queramos ahora aproximar a un supuesto distinto modelo que
pueda ejercerse en esta materia en algunos de los países de nuestro
entorno. Permítame decirle que no conozco la felicitación navideña del
secretario de Estado, pero
seguramente lo ha hecho con la mejor de las voluntades, al igual que
cualquier felicitación navideña como la que yo voy a hacer al término de
mi intervención. No creo que el consejo de que todos reforcemos la
vigilancia sea una llamada a la contratación de servicios privados en
perjuicio del servicio público. Permítame que le diga que es rizar el
rizo y si se trata de una felicitación navideña, no creo que sea así.
Todos debemos reforzar, desde el punto de vista personal, nuestra
seguridad, la seguridad física y la seguridad de lo que nos rodea,
utilizando los elementos personales que tenemos y evidentemente bajo el
paraguas de la seguridad que nos proporcionan las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado y las policías autonómicas, también las policías
locales, los elementos que conforman nuestro paraguas o nuestro modelo de
protección. Por tanto, no ricemos el rizo. Le reconozco que tenemos una
distinta concepción de los elementos -fíjese lo que le digo- no nucleares
de este concepto de seguridad integral. Creemos que estamos de acuerdo en
lo básico y lo creemos porque estamos convencidos de que esta ley que
traemos no es nada más que una evolución de la ley que se aprobó por esta
Cámara en el año 1992.
Sigo pensando que es posible encontrar el acuerdo, quizá no completo pero
sí un acuerdo al menos en lo básico y tengo la esperanza de que en el
Senado, al igual que nuestros compañeros del Grupo Parlamentario Popular,
trasladaremos las intenciones de los grupos parlamentarios Vasco y
Catalán, y tenemos la esperanza de que con el Grupo Parlamentario
Socialista, dejando de lado prejuicios y posicionamientos previos, seamos
capaces de encontrar un marco de acuerdo que nos permita que a la vuelta,
este Congreso apruebe con amplio consenso esta ley que hoy traemos aquí.
Aprovecho para felicitarles a usted, señor Trevín, y al resto de los
portavoces -no voy a hacerlo en otra ocasión-, ya que hablamos de
felicitación navideña, la Navidad que se nos acerca.
El señor PRESIDENTE: Pasamos a continuación a las votaciones.
El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Señor presidente, no sé si es el momento de
pedir votación separada.
El señor PRESIDENTE: Sí.
El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Mi grupo pediría, cuando se inicie la votación
del dictamen, la votación separada de los artículos 12 y 13. Ambos se
pueden votar conjuntamente.
El señor PRESIDENTE: Hay dos grupos de transaccionales. Hay un primer
bloque del Grupo Parlamentario Popular y un segundo bloque del Grupo
Parlamentario Socialista. ¿Se pueden votar conjuntamente los dos bloques
o tenemos que ir enmienda por enmienda?
El señor MÁRQUEZ DE LA RUBIA: Desde el punto de vista del Grupo
Parlamentario Popular, podrían votarse en bloque.
El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Conjuntamente.
El señor PRESIDENTE: Sometemos, en primer lugar, a votación las enmiendas
transaccionales al artículo 28.1.c) y al artículo 57.1.s) nuevo, y la
enmienda transaccional a la exposición de motivos basada en la enmienda
27, del Partido Nacionalista Vasco.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 29; en
contra, 13; abstenciones, 1.
El señor PRESIDENTE: Quedan incorporadas.
Votamos el segundo bloque de enmiendas transaccionales.
El señor MÁRQUEZ DE LA RUBIA: Señor presidente, ¿podría identificar al
grupo proponente de las enmiendas y los números de las mismas, más que
los artículos a los que hacen referencia? Es que es el modo de trabajo
que hemos seguido.
El señor PRESIDENTE: Las siguientes a las que voy a dar lectura son todas
transaccionales propuestas por el Grupo Parlamentario Socialista basadas
en distintas enmiendas que mencionaré: al artículo 19 basada en la
enmienda 223 del Grupo Parlamentario Socialista, al artículo 22 basada en
la 225 del Grupo Parlamentario Socialista, al artículo 24 basada en la
226 del Grupo Parlamentario Socialista, al artículo 28 basada en la
enmienda 228 del Grupo Parlamentario Socialista, al artículo 32 basada en
la enmienda 231 del Grupo Parlamentario Socialista, al artículo 55 basada
en la enmienda 243 del Grupo Parlamentario
Socialista, al artículo 58 basada en la enmienda 245 del Grupo
Parlamentario Socialista y al artículo 59 basada en la enmienda 246 del
Grupo Parlamentario Socialista. ¿Las podemos votar en conjunto?
(Asentimiento).
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en
contra, 23; abstenciones, 4.
El señor PRESIDENTE: No son incorporadas.
Votamos el resto de enmiendas. Enmiendas de la señora Fernández Davila
excepto la 21.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en
contra, 36; abstenciones, 1.
El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Enmienda número 21 de la señora Fernández Davila.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en
contra, 23.
El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Enmiendas del Grupo Parlamentario Vasco excepto la 27 y la 76 que han sido
objeto de transacción y las 38, 39, 41, 43, 44, 46, 54, 56, 63, 67, 68,
69, 71 y 78 para las que se ha pedido votación separada.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en
contra, 37.
El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
¿Las enmiendas para las que se ha pedido votación separada pueden votarse
en bloque?
El señor MUÑOZ GONZÁLEZ: No, señor presidente. Pedimos que se voten las
enmiendas números 42, 72 y 73 en un bloque y el resto en otra votación.
El señor PRESIDENTE: Votamos entonces estas tres enmiendas del Grupo
Parlamentario Vasco.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en
contra, 23; abstenciones, 13.
El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Resto de enmiendas que quedan por votar del Grupo Parlamentario Vasco.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en
contra, 23.
El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Enmiendas del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia. Votamos
las enmiendas 126, 130, 131, 134 y 135. ¿Es correcto?
El señor SIXTO IGLESIAS: Pedimos votación separada de la 130.
El señor MUÑOZ GONZÁLEZ: Nosotros también solicitamos que la 130 y la 135
se separen.
El señor PRESIDENTE: Eso sería en una segunda votación. En una primera,
¿podemos votar el bloque de enmiendas del Grupo Parlamentario de Unión
Progreso y Democracia excepto la 126, la 130, la 131, la 134 y la 135?
(Asentimiento).
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 1; en
contra, 36; abstenciones, 4.
El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Votamos las enmiendas 126 y 131.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14; en
contra, 23; abstenciones, 3.
El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Votamos las enmiendas 130, 134 y 135.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 1; en
contra, 24; abstenciones, 16.
Pasamos a votar las enmiendas que quedan vivas del Grupo Parlamentario de
La Izquierda Plural. Sometemos a votación un primer bloque constituido
por todas las enmiendas excepto la 80, la 85, la 87, la 90, la 91, la 97
y la 98.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 2; en
contra, 36; abstenciones, 3.
El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Pregunto si las enmiendas separadas de La Izquierda Plural pueden votarse
en bloque. (Asentimiento). Por tanto, sometemos a votación ahora las
enmiendas números 80, 85, 87, 90, 91, 97 y 98.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en
contra, 23; abstenciones, 3.
El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Sometemos a votación las enmiendas restantes del Grupo de Convergència i
Unió. Se han retirado las enmiendas 142 y 173. Se ha solicitado votación
separada de las enmiendas 167, 170, 171, 183, 184 y 206. Votamos, por
tanto, las enmiendas de Convergència i Unió para las que no se ha
solicitado votación separada.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en
contra, 36; abstenciones, 1.
El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Votamos las enmiendas del Grupo de Convergència i Unió números 167, 183,
184 y 206.
El señor MUÑOZ GONZÁLEZ: Solicitamos votación separada de la 167 y la 183,
por un lado, y la 184 y la 206, por otro.
El señor PRESIDENTE: Por tanto, celebraremos tres votaciones a
continuación. Enmiendas 167 y 183, del Grupo de Convergència i Unió.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,16; en
contra, 23; abstenciones, 2.
El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Enmiendas 184 y 206, del mismo grupo parlamentario.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en
contra, 23; abstenciones, 14.
El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Por último, las enmiendas 170 y 171, del Grupo de Convergència i Unió.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en
contra, 36; abstenciones, 1.
El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Quedan las enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista, para las que no
se ha solicitado ninguna votación separada. Recuerdo que no se someten a
votación las enmiendas 223, 225, 226, 228, 231, 243, 245 y 246, puesto
que ya han sido votadas en su formulación transaccional. Resto de
enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14; en
contra, 23; abstenciones, 4.
El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
A continuación, votamos el dictamen. Se ha solicitado votación separada de
los artículos 12 y 13, que votaremos en primer lugar.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 25; en
contra, 14; abstenciones, 2.
El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.
Votación del resto del dictamen.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 26; en
contra, 14.
El señor PRESIDENTE: Queda aprobado. Por tanto, queda dictaminado con
competencia legislativa plena el proyecto de ley de seguridad privada,
que será remitido al Senado. Les recuerdo que al terminar la sesión habrá
reunión de Mesa y portavoces.
Se levanta la sesión.
Eran las doce del mediodía.
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